Audiencia Nacional

La AN rechaza expulsar a uno de los condenados por los atentados del 17-A porque la sentencia aún no es firme

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Said Ben Iazza fue condenado a ocho años de cárcel por un delito de colaboración con organización terrorista

Audiencia Nacional.

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Europa Press

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La Audiencia Nacional ha rechazado autorizar la expulsión administrativa de Said Ben Iazza, uno de los condenados por los atentados de agosto de 2017 en Las Ramblas de Barcelona y Cambrils, al no ser firme la sentencia dictada por el tribunal en mayo de 2021.

En un auto de este martes, recogido por Europa Press, la Sala de lo Penal se opone a la petición de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, que el pasado mes de abril interesó autorización de la propia Audiencia Nacional para proceder, en su caso, a la expulsión administrativa de Ben Iazza.

"Siendo la condena, aún no firme, impuesta al procesado Said Ben Iazza, de ocho años de prisión, como autor de un delito de colaboración con organización terrorista la eventual sanción administrativa de expulsión no podría ser ejecutada conforme dispone el artículo 7 a) de la LO 4/2020, de 11 de enero, que establece la posibilidad de autorización judicial cuando el procesado lo sea por delito para el que la Ley prevea una pena inferior a los seis años de privación de libertad", apunta la Sala.

Los magistrados de la Sección Tercera han adoptado esta decisión después de que tanto la Fiscalía como el resto de acusaciones presentasen sendos escritos oponiéndose a la citada petición.

Cabe recordar que, además de Ben lazza, la AN también condenó a Driss Oukabir y Mohamed Houli Chemlal a 36 y 43 años de cárcel, respectivamente, por pertenencia a organización terrorista; tenencia, depósito o fabricación de sustancia o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista; y estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave.

El propio Oukabir, sin embargo, sí recibió permiso para seguir cumpliendo su condena en Marruecos en virtud de un acuerdo bilateral entre ambos países. El condenado solicitó cumplir su condena en su país natal, una autorización que recibió este mismo año.