Presuntas irregularidades
La jueza ve indicios de delito en la vacunación de un alcalde de Alicante
El fiscal considera que Bernabé Cano cometió cohecho y prevaricación por inmunizarse contra el covid sin ser convocado para ello
La magistrada que investiga la vacunación del alcalde de La Nucía, Bernabé Cano, ve indicios de delito en el modo en que se administró la vacuna al primer edil. La jueza ha dado traslado a la Fiscalía para que formule acusación y a la defensa para que aporte sus argumentos en los que mantiene que no hubo "actividad delictiva" por parte del regidor.
El fiscal considera que el también diputado provincial del PP cometió los delitos de cohecho y prevaricación por presentarse en una residencia de mayores de la localidad el día 6 de enero y vacunarse contra el covid cuando no había sido convocado para ello. La instrucción constata que la inmunización se produjo antes de que se hubiera vacunado a los mayores del centro y al personal socio sanitario, por lo que era imposible saber en ese momento si iban a sobrar dosis. Cano alega que fue este el motivo por el que se vacunó.
Otras denuncias
La denuncia contra Cano fue presentada por la Fiscalía y está pendiente de instrucción otra causa contra otros dos primeros ediles, los de El Verger y Els Poblets por la inmunización contra el covid fuera de su turno.
En cuanto al cohecho, la juez entiende que Bernabé Cano se presentó voluntariamente en la residencia y en su condición de alcalde. El aceptar la vacuna se debe entender como una dádiva y que es irrelevante si el pinchazo contó o no con la autorización de la Dirección General de Salud Pública. La magistrada considera que Bernabé Cano se inmunizó antes de lo que le correspondía y cuando la pandemia estaba disparada en la provincia.
Acerca del delito de prevaricación, la juez sostiene que el alcalde de La Nucía se valió de su cargo para acceder a la residencia a pesar de que estaba prohibido, gracias a lo que consiguió que le suministraran la dosis de la vacuna. Además considera que prevalió de su condición de primera autoridad municipal, ya que la empresa que gestionaba la residencia tenía dependencia del Ayuntamiento por el contrato que tenía en vigor.
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