Justicia
La Generalitat no puede personarse como acusación en el 'caso del 3%'
La Audiencia Nacional considera un "obstáculo procesal insalvable" su "doble condición de investigada y acusadora" en la causa de la presunta financiación irregular de la extinta CDC
La Audiencia Nacional ha rechazado que la Generalitat pueda actuar como acusación particular en el conocido como 'caso 3%', donde se investiga la presunta financiación irregular de la extinta CDC, por el "obstáculo procesal insalvable" de haber ostentado "la doble condición de investigada y acusadora". La Sala de lo Penal reconoce que la Generalitat tiene una "personalidad jurídica propia y autónoma de cualquiera de las formaciones políticas que la componen", lo que no impide que exista ese "óbice procesal" por el que la Fiscalía pidió que no se le admitiese en la causa como acusación particular. Dicha institución, señala el tribunal, "está integrada por partidos políticos diversos, entre los que está la antigua Convergencia Democrática de Catalunya (CDC)".
Sobre esta formación gira, según la investigación, "la presunta estructura organizativa compuesta por cargos públicos, funcionarios de diversas Administraciones Públicas y empresarios, tendente a financiar al nombrado partido político previo concierto, a cambio de adjudicaciones y subvenciones amañadas y favores personales o colectivos" .
La Fiscalía también argumentó que en el marco de este procedimiento se han practicado registros en dependencias y se ha requerido información a la institución, "así como la atribuida condición de investigados a personas que forman parte del Gobierno de la Generalitat de Catalunya".
Esa doble condición de investigada y acusadora es lo que ha llevado a la Sala a admitir el recurso de apelación de la Fiscalía y uno de los investigados en esta causa, el 'exconseller' Germá Gordó, contra la decisión del juez instructor, que sí aceptó en primer término la personación de la Generalitat como acusación particular.
Solicitud fuera de plazo
Pero no ha sido la única razón. La Sala también argumenta que la Generalitat presentó su solicitud fuera de plazo al hacerlo después del auto de transformación de procedimiento abreviado (equivalente al procesamiento).
En ese auto, el magistrado propuso juzgar a los exgerentes de CDC Daniel Osácar, Andreu Viloca y Germá Gordó, y al exresponsable jurídico de la formación Francesc Xavier Sánchez Vera, así como a otras 28 personas físicas y 16 jurídicas, por el cobro del denominado 3% a cambio de adjudicaciones públicas en Catalunya, "la estructura puesta en marcha para financiar a dicho partido político ilegalmente y en forma encubierta".
El juez consideró los hechos constitutivos de delitos de organización criminal, fraude a las administraciones públicas, cohecho, tráfico de influencias y blanqueo de capitales y también dirigió el procedimiento contra CDC, el PdeCat, las sociedades TeyCo, Urbaser, Fundación ACS, Grupo Soler Constructoras o Copisa, entre otras.
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