objetivo: fiscalizar a la Casa Real

ERC y Bildu registran una ley para quitar el fuero a Juan Carlos

Proponen cambios legales para poder también fiscalizar las cuentas de la Zarzuela

Un operario retira el retrato del rey emérito, Juan Carlos I, del Parlamento de Navarra, el 15 de junio

Un operario retira el retrato del rey emérito, Juan Carlos I, del Parlamento de Navarra, el 15 de junio / periodico

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Esquerra Republicana (ERC) y Bildu han registrado una proposición de ley en el Senado para reformar hasta tres leyes con el objetivo de quitar el fuero al Rey o la Reina después de su abdicación, despojar a los Reyes en ejercicio de su privilegio de no tener que declarar como testigos en procedimientos judiciales y fiscalizar las actividades económicas y financieras de la Corona.

En concreto, plantean introducir modificaciones en los artículos que regulan estos asuntos en la ley orgánica del poder judicial, la ley orgánica del Tribunal de Cuentas y la ley de enjuiciamiento criminal. Estas dos formaciones, que comparten grupo en la Cámara alta, persiguen quitar el fuero no sólo al Rey o Reina que abdique sino también que sus consortes dejen de ser aforados cuando su pareja abandone el trono.

La propuesta llega en plena crisis de la institución monárquica por las múltiples informaciones y las investigaciones sobre las finanzas de Juan Carlos, que se vería afectado por esa propuesta de reforma que plantean los dos partidos republicanos. En los últimos días, en Madrid, el Gobierno de Pedro Sánchez ha dejado claro que espera una reacción de la Casa del Rey para mejorar "la transparencia" de la jefatura del Estado y que preferiría que Juan Carlos ya no viviera en el complejo del Palacio de la Zarzuela. Y, en Barcelona, Quim Torra se adelantó a ERC el domingo anunciando que está estudiando denunciar, él personalmente, al emérito por presunta corrupción.

En la iniciativa legislativa, recogida por Europa Press, las dos formaciones independentistas recuerdan que el estatuto personal privilegiado del que goza el jefe de Estado en relación con el deber de prestar la colaboración requerida por los jueces y tribunales -especialmente el deber de acudir al llamamiento judicial en calidad de investigado- emana de su inviolabilidad, aun no siendo ilimitada, prevista en el artículo 56.3 de la Constitución española.

Contra el artículo 14

Para ambas formaciones, la dispensa de determinados deberes constituye un quebranto del principio de igualdad protegido por el artículo 14 de la Constitución y, en particular, del deber constitucional de colaboración con el poder judicial establecido en el artículo 118 de la Constitución.

"Es por este carácter excepcional que el estatuto no puede desligarse de la condición de jefe de Estado. La pérdida de dicha condición comporta la pérdida del estatuto y con él, de los privilegios que otorga", argumentan.

Sin cargo no hay privilegio

En este contexto, defienden que si abdican tanto el Rey o la Reina como su consorte no deben seguir gozando de los privilegios que se predican del cargo que han abandonado. "La pérdida del cargo debe suponer el retorno a las condiciones aplicables a cualquier ciudadano en términos de derechos y deberes", plantean, abogando así por poner fin a su aforamiento tras la abdicación.

La reforma registrada en el Senado también persigue terminar con la prerrogativa de la que gozan el Rey, la Reina, sus respectivos consortes, el Príncipe heredero y los Regentes del Reino, en virtud del artículo 411 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Fin de la desigualdad jurídica

Según recuerdan, el legislador ordinario optó en su día por exonerar a las mencionadas personas del deber jurídico que el resto de ciudadanos, nacionales y extranjeros, soportan de concurrir al llamamiento judicial para declarar en calidad de testigos en el marco de un proceso judicial penal.

Se trata, argumentan ERC y Bildu, de una prerrogativa que, a diferencia de la inviolabilidad e irresponsabilidad predicadas en el artículo 56.3 de la Constitución española, es de configuración estrictamente legal, que no deriva de un mandato constitucional.

Lo que buscan con su ley es acabar con esta "desigualdad jurídica", que tachan de "injustificada", enmendando los artículos 411 y 412 LECrim y reforzando la virtualidad del artículo 118 de la Constitución, que obliga a prestar la colaboración requerida por los Jueces y Tribunales en el curso del proceso judicial.