CORRUPCIÓN

El Supremo ratifica las condenas de Millet, Montull y CDC por el 'caso Palau'

Felix Millet, Jordi y Gemma Montull y Daniel Osàcar llegan a la Audiencia para comparecer por el caso Palau.

Felix Millet, Jordi y Gemma Montull y Daniel Osàcar llegan a la Audiencia para comparecer por el caso Palau. / periodico

Ángeles Vázquez

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El Tribunal Supremo empezó en noviembre a revisar las<strong> condenas impuestas por la Audiencia de Barcelona por el saqueo del Palau </strong>y durante el estado de alarma ha acabado de perfilar su sentencia. Básicamente las ratifica: confirma el comiso de 6,6 millones de euros a Convergència Democràtica de Catalunya (CDC) por tráfico de influencias y las penas impuestas a los máximos responsables de la institución Félix Millet y Jordi Montull a 9 años y 8 meses de prisión y multa de 4,1 millones y a 7 años y medio de cárcel y multa de 2,9 millones, respectivamenteAdemás ambos deben devolver a las estructuras del Palau (Consorci, Fundació y Associació) los 23 millones que le saquearon.

Una vez firmes ambas condenas será la Audiencia de Barcelona la que determinará si ingresan en prisión. Sus defensas aún pueden solicitar la suspensión de la ejecución si sus previsibles recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional son admitidos a trámites, aunque con la longitud de las penas impuestas no suele ser lo habitual.

Los pocos cambios que introduce la sentencia del Supremo, de 440 páginas, sobre la dictada en 2017 consisten en rebajar en medio año la condena de la exresponsable financiera del Palau Gemma Montull que queda en 4 años con multa de 2,6 millones de euros. Y la del extesorero de CDC Daniel Osàcar que pasa de 4 años y 5 meses a 3 años y medio, al ser absuelto del delito de tráfico de influencias por el que también se le condenó. Se le mantiene la multa de 3,7 millones de euros como autor de un delito de blanqueo de capitales, en concurso medial con falsedad en documento mercantil y contable, con la atenuante de dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento.

Hacer llegar a CDC

La rebaja de la pena de Osàcar se basa en que, según la Sala, "no consta acreditado" que Ferrovial abonara comisión alguna por obra adjudicada después de que él asumiera la tesorería del partido, pero "sí que en esa condición hizo llegar a Convergència, con maniobras de diversa índole, entre las que se encontraban la mendacidad documental, las comisiones que abonaba de modo aplazado" la constructora "por obras adjudicadas con anterioridad a ser nombrado tesorero".

La Sala rechaza el recurso de CDC contra el comiso impuesto, porque no duda de que la conducta de Millet y Jordi y Gemma Montull (los tres condenados por ese delito) "atendía a que lo pactado por la influencia, que era una comisión porcentual de la obra pública adjudicada, llegara a Convergència" y el Codigo Penal establece que "las dádivas, presentes o regalos caerán en decomiso".

La Audiencia de Barcelona declaró probado que los responsables del Palau se aprovecharon de la entidad para viajes privados, gastos de boda, reformas de viviendas o el desvío directo de fondos al patrimonio particular de Millet y Montull, que también le vendieron locales propios a un precio superior al de mercado. Por si eso no era suficiente, se encargaron de establecer y canalizar un sistema por el que Ferrovial pagara comisiones del 4% del presupuesto de la obra adjudicada por la Generalitat o por los ayuntamientos gobernados por CDC

Esos "abonos de Ferrovial por obra adjudicada se hacían bajo la simulación de patrocinio de las actividades del Palau" y "Millet y Montull percibían por su intervención generalmente el 1,5%", mientras que "el 2,5% restante lo hacían llegar directamente a Convergencia, bien a través de entregas en efectivo a los tesoreros de ese partido, bien a través de simulados convenios con la Fundación afín Trías Fargas (luego CatDem), bien abonaban facturas de servicios y obras prestados" al partido como si correspondieran al Palau, dice la sentencia.

El Supremo explica que el decomiso es una institución distinta a la de la responsabilidad civil y sólo exige que las dádivas obedezcan a un delito de cohecho o de tráfico de influencias, como es el caso. "Desde un inicio y la dinámica delictiva probada lo muestra, el objeto del tráfico era la consecución de estas dádivas para Convergència; sin perjuicio de que otros actores se llevaran su parte por prestar el Palau a esas transferencias dinerarias" para que su parte llegar al partido, sentencia el tribunal.

Costas y responsabilidades

Los otros cambios en la sentencia de la Audiencia de Barcelona se refieren a la distribución de las costas en función del número de delitos objeto de acusación y dentro de cada delito en función del número de acusados; y a la responsabilidad civil que se exige a título lucrativo por las gastos del matrimonio que Félix Millet satisfizo con dinero apropiado. El Supremo entiende que el límite de la responsabilidad civil por participación lucrativa de su esposa (fallecida tras la sentencia de primera instancia y representada por sus hijas) debe fijarse en 4,7 millones de euros.

El Supremo mantiene el resto de condenas de prisión a los acusados que recurrieron en casación: 2 años al abogado Raimón Bergós, 1 año y 9 meses al abogado Santiago Llopart y 8 meses al asesor fiscal Edmundo Quintana. Los cinco empresarios condenados por la Audiencia de Barcelona a penas de entre 8 meses y 1 año y 9 meses de prisión no recurrieron en casación sus condenas.