CUMPLIMIENTO DE LA PENA
Las prisiones propondrán la próxima semana el régimen penitenciario de los líderes del 'procés'
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
J. G. Albalat
Las juntas de tratamiento de las cárceles de Lledoners, El Catllar y Puig de les Basses, donde se encuentran presos los nueve dirigentes del 1-O condenados por el Tribunal Supremo por el 'procés' realizarán antes del 14 de diciembre la propuesta para clasificar a cada uno de ellos en un régimen penitenciario, atendiendo su situación personal y penitenciaria. Esta propuesta deberá ser aprobada después por la Secretaria General de Serveis Penitenciaris de la Generalitat, que tiene un plazo máximo de dos meses para hacerlo. Es decir, como muy tarde, el 14 de febrero.
Fuentes penitenciarias han asegurado que este jueves (que es el día que normalmente se reúne la junta de tratamiento de Lledoners, donde están ingresados siete de los nueve reclusos) no se ha abordado este asunto. Sin embargo, sí lo deberán hacer la próxima semana, pues la junta tiene un plazo máximo de dos meses desde que se dicta la sentencia para hacer la propuesta. Es decir, el Supremo notificó el fallo el 14 de octubre y, por lo tanto, ese periodo finaliza el sábado 14 de diciembre. Tras ello, faltará el trámite de la secretaría general, que deberá aprobar la concesión de grado.
A partir de esta clasificación, los internos podrán disfrutar de permisos (a partir del segundo grado y tras cumplir un cuarto de la condena) o de régimen penitenciario de semilibertad. Una de las posibilidades es que se les aplique desde el primer momento el llamado tercer grado penitenciario, que permite al recluso únicamente ir a dormir a la cárcel. Un 40% de los internos sin antecedentes lo tienen, puesto que la ley solo exige cumplir la mitad de la condena para acceder a la semilibertad en caso de delitos especialmente graves como terrorismo, pederastia o crimen organizado, pero no en el resto.
Equipo técnico
Un equipo integrado por psicólogos, educadores, trabajadores sociales y juristas es el encargado de proponer la clasificación de los internos, para lo que se valoran factores como la conducta en prisión, los hábitos laborales y el apoyo social y familiar, la falta de antecedentes, la ausencia de problemática toxicológica, la antigüedad de los delitos cometidos, el pago de la responsabilidad civil (no existe en la sentencia del 'procés') o la motivación ante la rehabilitación. Si la secretaría general concediera al final este régimen abierto a los líderes del 'procés', la decisión puede ser recurrida por la fiscalía y sería el Supremo, como tribunal sentenciador, el que tendría la última palabra.
No obstante, el segundo grado u ordinario también pemite flexibilizar el régimen de los presos hasta condiciones muy similares a las de la semilibertad, mediante dos artículos del reglamento, el 100.2 -que se aplicó al exdirigente de CDC Oriol Pujol- se aplicó al exdirigente de CDC Oriol Pujol-y el 117, que ha propiciado las salidas de Iñaki Urdangarin para llevar a cabo actividades de voluntariado en una ONG. En estos dos casos, es la junta de tratamiento la que los concede, aunque también pueden ser recurridos por la fiscalía, pero solo ante la Audiencia de Barcelona. Encontrar una ONG para realizar voluntariado por parte de los presos independentistas facilitaría su aplicación.
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