El Supremo condenará por sedición a los líderes del 'procés'

El tribunal que juzga a los líderes del 'procés', presidido por Manuel Marchena.

El tribunal que juzga a los líderes del 'procés', presidido por Manuel Marchena.

Ángeles Vázquez

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Tribunal Supremo condenará por sedición y no por rebelión a los principales líderes independentistas juzgados durante cuatro meses en Madrid, al no apreciar que durante el otoño de 2017 usaran la violencia como instrumento para conseguir la independencia de Catalunya, confirmaron a este diario fuentes jurídicas. Ahí ha estado la principal clave para que el alto tribunal se decantara por el criterio de la Abogacía del Estado frente al de la Fiscalía, que defendió que se trató de un delito de rebelión desde que interpuso la querella que dio origen al procedimiento y fue la posición que mantuvo hasta que concluyó el juicio.

Los condenados por sedición serán los nueve acusados que se encuentran en prisión provisional: el presidente de ERC, Oriol Junqueras, los 'consellers' en el Gobierno del huido Carles Puigdemont, Raül Romeva, Joaquim Forn, Josep Rull, Jordi Turull y Dolors Bassa, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y los líderes de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) y de Òmnium Cultural Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Ese delito se aplicará en concurso con el de malversación para los que eran miembros del Govern.

El artículo 544 del Código Penal considera "reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales".

Distinta responsabilidad

El alto tribunal considera que los condenados cometieron este delito desde sus respectivas responsabilidades en el Govern, el Parlament o las entidades soberanistas, durante el desafío independentista y, en particular, mientras se produjeron las protestas del 20 de septiembre contra los registros de la operación Anubis, entre las que destacó la realizada frente a la Consejería de Economía, y la celebración del 1-O.

Los Servicios Jurídicos del Estado solicitaban por este delito, para cuya comisión la malversación de caudales público fue un medio necesario, 12 años de cárcel para Junqueras, 11 y medio para los 'exconsellers', 10 para Forcadell y ocho para los 'Jordis'. Las penas que finalmente imponga el Tribunal Supremo incluirán un periodo similar de prisión y de inhabilitación.  

Desobediencia

Los otros tres acusados, los 'exconsellers' Santi Vila, Meritxell Borrás y Carles Mundó, a los que solo se acusaba de malversación y desobediencia, únicamente responderán por el último delito, lo que supone que su condena se reducirá a penas de inhabilitación y multa por su participación en el incumplimiento de las resoluciones judiciales que vetaban el referéndum ilegal que acabó celebrándose el 1-O. En su caso, tanto la fiscalía como la Abogacía del Estado solicitaban para cada uno de ellos 7 años de cárcel por la malversación.

Los siete magistrados que componen el tribunal tenían previsto dar durante este fin de semana una última lectura a la sentencia redactada por el presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, quien se mostró molesto con las informaciones aparecidas este sábado en la recepción del 12 de octubre. La resolución aún puede sufrir modificaciones, puesto que aún no ha sido firmada por ellos y hasta ese momento una sentencia judicial es como si no existiera. Por eso la defensa de Rull, Turull y Sànchez ha anunciado que "de confirmarse en sentencia" que se les imponen "penas que superan los 10 años de prisión" entenderá vulnerado el secreto de las deliberaciones y estudiará denunciarlo ante el Consejo General del Poder Judicial.

Este lunes está previsto que en una última reunión los magistrados procedan a su rúbrica, momento en el que todavía, según la ley de enjuiciamiento criminal, pueden anunciar la redacccion de algún voto particular para dejar constancia escrita de su discrepancia. Este viernes, no obstante, el texto contaba con el respaldo unánime de todos ellos.

Si no surge ninguna discrepancia seria de última hora, la sentencia se notificará entonces a las partes. Para ello se citará a los procuradores de los acusados en el Supremo y se les entregará en mano la resolución. Además, se enviarán exhortos a los juzgados próximos a las cárceles donde están internados los acusados para que sean informados de su condena de forma personal.