'CASO ITV'
La fiscalía recurrirá la orden que permtie a Oriol Pujol salir de la cárcel
El exdirigente de CDC puede ir cada día a trabajar o a participar en actividades de voluntariado
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
J. G. Albalat
La Fiscalía de Barcelona recurrirá la autorización de la junta de tratamiento de la cárcel de Brians 1 (Sant Esteve de Sesrovieres) que permite a <strong>Oriol Pujol Ferrusola</strong> salir de la cárcel durante el día para trabajar y hacer actividades de voluntariado. Este lunes era el primer día que el exdirigente de CDC, condenado a dos años y medio de prisión por el 'caso ITV', podía abandonar el centro penitenciario. Y así lo hizo, aunque volverá a dormir por la noche. El grupo parlamentario de Ciutadans ha solicitado la comparecencia de la 'consellera' de Justícia, Ester Capella, para que informe sobre el "otorgamiento de privilegios" al exdiputado.
La junta de tratamiento de Brians 1 acordó el jueves de la semana pasada por unanimidad aplicar el artículo 100.2 del reglamento penitenciario, una medida excepcional, que permite flexibilizar el régimen ordinario, que permite a los reclusos salidas diarias laborales y de voluntariado social. La normativa prevé esta posibilidad "siempre y cuando dicha medida se fundamente en un programa específico de tratamiento que de otra forma no pueda ser ejecutado", y puntualiza que se trata de una medida excepcional que deberá ser aprobada por el juez de vigilancia penitenciaria, aunque puede aplicarse de forma inmediata.
Varapalo judicial
Esta decisión la tomo el centro penitenciario días a los pocos días que el juez de vigilancia penitenciaria revocara al exdiputado el tercer grado penitenciario o de semilibertad que le había concedido Serveis Penitenciaris de la Generalitat. El gobierno catalán otorgó este régimen a Oriol Pujol cuando se cumplían poco más de dos meses de su ingreso en la cárcel (se produjo de forma voluntaria el 17 de enero, antes de agotar el plazo dado por el tribunal) para cumplir la pena de dos años y medio de cárcel que se le impuso en una sentencia de conformidad. Es decir, él aceptó las acusaciones que le atribuía de la fiscalía y la acusación pública, tras la confesión, rebajó la pena que inicialmente se le reclamaba.
El juzgado de vigilancia penitenciaria revocó el tercer grado al expolítico al considerar que no habían transcurrido ni dos meses desde su ingreso en prisión, por lo que no se cubría el periodo razonable de observación para clasificarle directamente en régimen abierto o de semilibertad. Consideró que la infracción de Pujol tenía especial relevancia en términos de repercusión social e institucional porque era diputado del Parlament y generó descrédito en las instituciones, y actuó "aprovechando su privilegiada condición política y actividad pública para cometer los hechos delictivos que se prolongaron durante varios años y que deben ser objeto de un importante reproche".
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