LA ENCRUCIJADA CATALANA
La Fiscalía se querella contra Torra por desobediencia por no quitar los lazos
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
J. G, Albalat
La Fiscalía Superior de Cataluña ha presentado en el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) una querella por desobediencia contra el presidente de la Generalitat, Quim Torra, al que acusa de desoír la orden de la Junta Electoral Central (JEC) de retirar los lazos amarillos y pancartas de apoyo a los políticos presos de los edificios de la Generalitat. Como respuesta, Torra ha asegurado que ese movimiento demuestra que "la represión no se para" y ha anunciado que ha presentado a su vez una querella por prevaricación contra la JEC. Argumenta que no puede haber cometido delito de desobediencia mientras no se haya resuelto la solicitud de medidas cautelares y ha añadido que esa institución iba modificando las medidas ordenadas en función de las alegaciones.
La querella firmada por el fiscal superior, Francisco Bañeres, expone que el 11 de marzo pasado la Junta Electoral Central conminó al presidente de la Generalitat que retirara los lazos amarillos de los edificios públicos para “mantener la neutralidad política” durante los procesos electorales. Días después, el 18 de marzo, el organismo electoral ratificó su decisión. A pesar de ello, según la fiscalía, Torra procedió “consciente y deliberadamente” a desatender eserequerimiento y manteniendo los lazos, aunque fuera de “manera encubierta” a través de carteles, imágenes, figuras, fotografías figuras y "simbología en general de la misma naturaleza ideológica y partidista”, representativa "únicamente de una parte de la sociedad.
Requerimiento claro
Al entender de la fiscalía, “nos encontramos aquí ante un requerimiento claro y expreso emitido por la máxima autoridad administrativa en material de control del procesos electorales cual es la junta electoral central, el cual ha sido reiteradamente desatendido”, circunstancia de “especial gravedad en cuanto incide directamente en el derecho de participación política de la totalidad de la ciudadanía, que debe ser especialmente tutelado y preservado”.
La querella sostiene que esa “reiterada” negativa no puede quedar enmascarada ni por esa supuesta voluntad de acudir a otros órganos informantes, que carecen de cualquier competencia para terciar en la cuestión”, ni tampoco por una substitución por otros símbolos, bajo otra “forma expresiva”, que pretendían "significar exactamente lo mismo". El texto incide que los acuerdos de la junta electoral se "refieron con claridad a todo tipo de simbología ideológica y/o partidista, aún y cuandose focalicen inicialmenrte en lazos amarillos y banderas esteladas". Además detalla que no se hizo ni la "actividad mínima" para cumplir con el requerimiento
Por todo ello, la fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de desobediencia cometido por autoridad. Esta infracción penal comporta una pena de inhabilitación y multa. El TSJC ha designado ponente al magistrado Carlos Ramos. En los póximos días la sala de admisión del alto tribunal catalán decidirá si acepta o no la querella.
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