EL ÓRDAGO SOBERANISTA

¿Ha activado Rajoy el artículo 155 de la Constitución?

Dos teorías divergen entre si el requerimiento a Puigdemont ya activa la ley o si solo se ha tratado de una comunicación previa

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy. / periodico

El Periódico / Barcelona

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

¿Ha activado Mariano Rajoy el artículo 155 de la Constitución o ha llevado a cabo una actuación previa para aplicarlo? Aunque la literalidad de los pronunciamientos de estos días sirve bien poco para aclarar las cosas, pongámosla sobre a mesa para después abordar las dos teorías que divergen en la conclusión.

Lo que ha dicho Rajoy

Las palabras de Rajoy: "El Consejo de Ministros ha acordado esta mañana requerir formalmente al Gobierno de la Generalitat para que confirme si ha declarado la independencia de Catalunya al margen de la deliberada confusión creada sobre su entrada en vigor. 

Este requerimiento previo a cualquiera de las medidas que el Gobierno puede adoptar al amparo del artículo 155 de nuestra Constitución pretende ofrecer a los ciudadanos la claridad y la seguridad que requiere una cuestión de tanta importancia. 

[...]

En la respuesta que el 'president' de la Generalitat dé a este requerimiento, ahí se marcará el futuro de los acontecimientos en los próximos días. Si el señor Puigdemont manifiesta su voluntad de respetar la legalidad y restablecer la normalidad institucional se pondría fin a un periodo de inestabilidad, tensiones y quiebra de la convivencia". 

Primera teoría: el 155 está activado

El artículo 155 de la Constitución establece: "Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general".

De acuerdo con esta teoría, lo que ha hecho el presidente del Gobierno central es poner en marcha el artículo 155, pues este establece la obligatoriedad previa de enviar un "requerimiento".

Segunda teoría: el 155 no está aplicado (por ahora)

Otra hipótesis plantea que lo que ha hecho Rajoy es un movimiento previo al movimiento previo. A saber: el artículo 155 establece la necesidad de un requerimiento, sí, pero de acuerdo con esta teoría, lo que ha hecho el Gobierno es pedir a Puigdemont que aclare si está cumpliendo la ley.

Se entiende, por tanto, que sera con el pronunciamiento del 'president' cuando el Ejecutivo central, en caso de que observe desobediencia, aplique el 155. Como apoyo de esta teoría se encuentra que en su comparecencia institucional, Rajoy no ha dicho en ningún momento que Puigdemont haya cometido ilegalidad alguna.

Para acabarlo de aliñar, el requerimiento enviado al 'president' dice estar amparado en el artículo 155, aunque en las mismas líneas sostiene que, en caso de que Puigdemont no responda o conteste que sí hizo una DUI, "resultará necesario aplicar el artículo 155". Lo que da que por interpretar que aquí hay un 2x1, una pregunta previa y el requerimiento posterior ya enmarcado en el mismo 155.