El órdago soberanista

El esprint final del 9-N

Mas deberá convocar el referendo soberanista entre el 9 de septiembre y el 9 de octubre, según la ley de consultas El 17 de septiembre se perfila como la fecha más probable

Ponencia cerrada 8 Los negociadores de CiU y ERC de la ley de consultas, ayer en el Parlament.

Ponencia cerrada 8 Los negociadores de CiU y ERC de la ley de consultas, ayer en el Parlament.

JOSE RICO
BARCELONA

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Para restar solamente «unos flecos» por cerrar, como algunos partidos aseguraban, la reunión que remató el redactado de la norma estrella de la legislatura, la ley de consultas, se prolongó más de cuatro horas. Con el borrador amarrado previamente entre ambos, CiU y ERC debían blindar en el encuentro de ayer el apoyo del resto del frente soberanista (ICV-EUiA y la CUP) y del PSC. La sintonía se mantuvo y la ley pasará el primer filtro el miércoles, cuando será aprobada en comisión, antes de transitar camino del Consell de Garanties Estatutàries. Entre las principales novedades que se introdujeron ayer, el paraguas legal bajo el que Artur Mas intentará guarecer el 9-N de la previsible ofensiva jurídica del Estado dejó marcado el calendario final del proceso, que se precipitará a la vuelta de las vacaciones.

El borrador de la ley establece un plazo de entre 30 y 60 días entre la convocatoria de una consulta y su celebración. Si aplicamos esto al 9-N, el presidente de la Generalitat, Artur Mas, deberá firmar el decreto de convocatoria entre el 9 de septiembre y el 9 de octubre. Ahora bien, ese lapso de tiempo será, en la práctica, más reducido porque la aprobación definitiva de la norma por el pleno del Parlament se prevé, según fuentes de la ponencia, para el 17 de septiembre, un día antes del referendo independentista de Escocia.

Cuestión de horas

De hecho, las mismas fuentes apuntan que ese 17-S podrían precipitarse todos los acontecimientos y, en cuestión de horas, la ley sería publicada en una edición extraordinaria del Diari Oficial de la Generalitat y Mas firmaría de inmediato el decreto de convocatoria. ¿Por qué tanta premura? Porque el plan que manejan el Govern y los partidos soberanistas consiste en dejar pasar muy poco tiempo entre la entrada en vigor de la norma y la firma del decreto para limitar el margen de maniobra del Gobierno central a la hora de impugnar la ley ante el Tribunal Constitucional y forzar su suspensión.

El otro escollo que lograron superar ayer los ponentes fueron las condiciones para que puedan participar los inmigrantes empadronados. Habrá diferencias entre los originarios de países comunitarios, a los que se exigirá un año de arraigo, y los extracomunitarios, quienes tendrán que acreditar tres años de residencia. Sin embargo, esta distinción, acordada entre CiU y ERC, fue rechazada por el PSC e ICV-EUiA, que defendieron que se les reclame el mismo arraigo, un año, a todos los inmigrantes, con independencia de su país natal. Ambos grupos plasmarán su discrepancia en enmiendas parciales al texto.

Finalmente, los grupos desecharon la posibilidad de que puedan votar los catalanes que viven en el resto de España, como sí podrán hacerlo aquellos que residan en el extranjero. El argumento oficial es  la «complejidad jurídica y operativa» que supondría otorgar esta posibilidad, que tampoco se da en las convocatorias electorales.

Consultas locales

El PSC e ICV-EUiA también mostraron su disconformidad con un par de preceptos que CiU y Esquerra incorporaron a última hora al borrador. El primero es la posibilidad de que la Generalitat pueda convocar consultas locales, una potestad que podría usar aun con el rechazo del ayuntamiento. El segundo es el veto a consultas sobre cuestiones que afecten al presupuesto autonómico, lo que impediría, por ejemplo, que pudieron someterse a votación partidas y recortes.