EL PROCESO SOBERANISTA
El Consell Assessor avisa a Mas de que el Estado puede suspender la autonomía catalana o enviarle a la cárcel
El informe de 220 páginas que ha elaborado elConsell Assesor per a la Transició Nacional (CATN) advierte al presidente de la Generalitat,Artur Mas, de las consecuencias que podría tener para Catalunya y para él mismo la celebración de unaconsultailegal o unadeclaración unilateraldeindependencia, vía esta última que, no obstante, los mismos asesores contemplan como última opción. Los expertos alertan de que el Estado dispone de medidas contundentes para abortar la convocatoria de un referendo a espaldas del Gobierno, que podrían derivar en una suspensión de laautonomíacatalana o incluso podrían suponer laprisióno lainhabilitación para el 'president'.
El apartado noveno, que consta de 16 folios, del informe del consejo asesor repasa los instrumentos jurídicos que puede emplear el Estado para frenar la consulta. Entre ellos, figura la aplicación del articulo 155 de la Carta Magna, que prevé la suspensión de la autonomia en caso de que una comunidad "no cumpla las obligaciones que la Constitución u otras leyes le imponen o actuara de forma que atentara gravemente contra el interés general deEspaña". El documento, sin embargo, apunta a la "indefinición" de este articulo y destaca la dificultad de determinar qué actuaciones concretas podrían llevar a su aplicación. Eso sí, asegura que de aplicarse "podría tener efectos devastadores para la comunidad autónoma afectada".
Usurpación, prevaricación o desobediencia
El documento también señala que si el presidente de la Generalitat convoca la consulta pese a estar "manifestamente carente de competencia" para ello se podrían "considerar aplicables" tres tipos de delito: "lausurpaciónde atribuciones, laprevaricacióny ladesobediencia". En cuanto al primero, usurpación de atribuciones, apunta que la pena de prisión podría ser de entre uno y tres años, además de exponerse a una multa y a una inhabilitación especial para cargo público por un periodo de entre 6 y 12 años.
Matizan que este tipo delictivo "solo se podría considerar aplicable" si la convocatoria de la consulta "se instrumentara, aunque fuera con carácter parcial o complementario, a través de la aprobación de una disposición de carácter general".
Mas podría enfrentarse también, alertan los expertos, a un posible delito de prevaricación, que le podría suponer una inhabilitación especial por entre siete y diez años. En este caso, consideran que se aplicaría si la Generalitat "argumentara que una resolución adoptada" en relación con la consulta tuviera "un contenido arbitrario --por el supuesto hecho de que se dictaba al margen de la ley-- con pleno conocimiento de la persona o funcionario que la hubiera dictado".
Sobre el delito de desobediencia, el Consell Assessor apunta que si se le achacara al 'president', podría acarrear una multa y una inhabilitación especial por entre 6 y 2 años.
Rebelión o sedición
Los expertos también apuntan que en caso de una Declaración Unilateral de Independencia el Estado podría cargar todo el peso de la ley sobre Mas y aplicar al 'president' los delitos de "rebelión o sedición", aunque apunta que esto supondría una aplicación "extremadamente forzada y extensiva" del Código Penal. Además, añade que la declaración en si misma "no constituiría un ilícito derecho internacional".
Declaración unilateral
En el informe que recibió ayer el jefe del Ejecutivo catalán se detallan todas las posibilidades habidas y por haber para celebrar el referendo. Ese legajo será la base con la que el líder de CiU intentará convencer --cosa harto difícil-- al mandatario popular de que no hace falta siquiera modificar la Constitución, según los miembros de ese 'think tank'. Si el Gobierno central no cede, el texto presenta alternativas más extremas, incluidas laselecciones plebiscitariasy la declaración unilateral de independencia. Esta última, al menos por ahora, no la contempla el Govern, por lo que los comicios plebiscitarios se erigen como el verdadero plan B.
El presidente del CATN,Carles Viver Pi-Sunyer, explicó las cinco vías legales para llevar a cabo la consulta que ya propuso también el Institut d¿Estudis Autonòmics que él mismo dirige. La primera, el artículo 92 de la Constitución, que permite referendos autorizados por el Estado. La segunda, el artículo 150.2 de la Carta Magna, que permitiría delegar a la Generalitat la competencia estatal de organizar consultas. La tercera, aplicar la actual ley de consultas de Catalunya, que está impugnada en elTribunal Constitucional. La cuarta, aplicar la ley de consultas populares no refrendarias que el Parlament prevé aprobar en noviembre. Y la quinta, reformar la Constitución. "La idea es combinar dos o tres opciones", aclaró Pi-Sunyer, quien advirtió de la posibilidad de superar la legalidad española si el Gobierno central no acepta la consulta. Reconoció que en el Derecho internacional no hay ningún proceso parecido al que se plantea en Catalunya, pero arguyó que una declaración unilateral de independencia "no constituiría un ilícito internacional", pues puede encontrarse un antecedente en la llamada vía kosovar.
Una pregunta "clara y neutra"
Antes de llegar a ese extremo, los asesores inciden en la alternativa de unas elecciones plebiscitarias que, advirtió el presidente del CATN, no serían convocadas bajo ese nombre (más que nada porque, de ser así, podrían ser fácilmente impugnadas). Se trataría tan solo de que el jefe del Govern planteara unos comicios como otros cualquiera y que fueran los partidos los que propusieran un único punto en su programa: independencia sí o no. Eso, claro, se contempla en el caso de que fracase la consulta. Porque si esta se hiciera, los asesores también esbozan cómo debería ser la pregunta. "Clara y neutra", resumió Pi-Sunyer. El informe contempla la posibilidad de incorporar varias cuestiones, pero los expertos se decantan por una sola para no llevar a equívoco. En marzo,ERCya propuso como enunciado el siguiente: "¿Usted cree que Catalunya debería ser un país independiente?".
A finales del 2014
Los republicanos defienden que la consulta debe celebrarse cuanto antes mejor, pero ahí no coinciden tanto con el CATN. En este caso, este organismo se alinea más con la tesis deCDCy apunta al segundo semestre del 2014, aunque descarta laDiadapara mantener la "neutralidad". Tampoco avala que se vote el 18 de septiembre del 2014 ni las semanas inmediatamente posteriores a ese día porque se celebrará el referendo escocés y este podría influir en Catalunya. El 14 de septiembre, domingo, y el mes de diciembre son las dos posibilidades sobre la mesa.
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