El Supremo eleva a 1.084 años la condena de la Audiencia al exmilitar argentino Scilingo

MARGARITA BATALLAS / MADRID

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Tribunal Supremo ha elevado de 640 a 1.084 años de prisión la condena que la Audiencia Nacional impuso el 19 de abril del 2005 al exmilitar argentino Adolfo Scilingo por delitos de lesa humanidad.

La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo le considera cómplice de las 255 detenciones que se realizaron en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) mientras trabajaba allí. Según han informado fuentes jurídicas, el tribunal ha decidido condenar a Scilingo por delitos no contemplados en la sentencia de la Audiencia al incorporar el derecho internacional al nacional. De esta manera considera su acción como un delito contra la humanidad.

El Supremo, no obstante, fija en 25 años el tiempo máximo de cumplimiento efectivo de la condena. Concretamente, deberá cumplir 19 años por los 30 asesinatos, dos años por 255 delitos de detención ilegal y cuatro años por un delito de arresto ilegal.

Absuelto del delito de torturas

El acuerdo del pleno jurisdiccional ha sido adoptado por mayoría --diez votos a favor y cinco en contra--, mientras que el texto íntegro de la sentencia se hará público una vez redactado en su integridad e incorporados votos particulares.

El 19 de abril del 2005, la Audiencia Nacional condenó a Scilingo a 640 años de cárcel, en la primera resolución que por lesa humanidad se dicta en España. La Audiencia Nacional condenó al exmilitar por un delito de lesa humanidad con "causación" de 30 muertes con alevosía --en relación a los dos "vuelos de la muerte" en los que participó--, detención ilegal y torturas, por lo que le impuso 30 penas de 21 años de cárcel y otras dos de cinco años cada una.

Las acusaciones reclamaron al Supremo que se castigara a Scilingo como responsable de todos los hechos en los que había participado, lo que estima el Alto Tribunal. El Supremo estima también en parte el recurso de Scilingo y le absuelve del delito de torturas por el que fue condenado.

Cómplice de múltiples delitos

La Audiencia concluyó que este ingresó poco antes de las Navidades de 1976 en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) y que "pretendió formar parte" del grupo de tareas que allí funcionaba, pero que finalmente "tuvo que conformarse" con ser jefe de electricidad y de automoción. "La característica más importante de los delitos contra la humanidad es su perseguibilidad universal", añadía la Sala.

Además, concluyó que la Justicia española es competente para su enjuiciamiento "al no haber sido los delitos causados durante la dictadura militar perseguidos en Argentina, ni tampoco quedar actualmente bajo cobertura del Tribunal Penal Internacional, también por existir víctimas españolas en la ESMA y encontrarse además Scilingo sujeto a la Justicia española".

La sentencia indicaba que Scilingo conocía las torturas a las que se sometía a los secuestrados en el sótano del Casino de Oficiales de la ESMA y relata que fue testigo del interrogatorio realizado a una joven a la que se le aplicó la "picana" eléctrica.

También decía que Scilingo conoció la existencia de "asados" en la ESMA donde se carbonizaban los cadáveres de las personas que fallecían ya que facilitó el material necesario para ellos, y que participó como chófer en el secuestro de una persona.