Ágora

La protección de los niños y las niñas en España

Apartar al niño de sus vínculos afectivos solo debería suceder si han fracasado los apoyos previos a la familia

Condena de tres años de internamiento a los menores que violaron a un niño con Asperger.

Condena de tres años de internamiento a los menores que violaron a un niño con Asperger.

Silvia Gimenez-Salinas Colomer

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La sociedad no acepta que se les haga daño a los niños. Es una sociedad sana. Para evitar el daño o el peligro al que los niños pueden estar sometidos, existen diversas formas de actuación por parte de los poderes públicos, en cumplimiento de lo previsto en la Convención de los Derechos del Niño de 1989.

En España, si se detecta un posible riesgo grave para un niño o niña en su familia, la administración de protección puede retirarlo de forma automática de sus padres o cuidadores para evitar un posible peligro o porque este peligro ya se ha demostrado. Es la figura legal del desamparo preventivo, resuelto y ejecutado de forma inmediata por la entidad de protección de menores. El niño es apartado de su familia, ingresado en un centro o familia de urgencia, mientras se analiza si el daño es definitivo o la familia puede superar esta situación de posible peligro.

Esto ha ocurrido con la madre de Cádiz, que dejaba a su hija de 4 años sola por la noche, porque iba a trabajar.

La situación no es fácil; si la madre no trabaja, carece de ingresos para mantenerse y, por tanto, puede perder a su hija al no poder ofrecerle una vida digna para su desarrollo; por el contrario, si el trabajo al que puede acceder la obliga a dejar a la niña sola, la está poniendo en situación de peligro.

La menor ha sido declarada en desamparo preventivo, asumida la tutela por la administración, retirada de la potestad de la madre y ha pasado a convivir en otro lugar. La madre comienza un procedimiento administrativo en el que debe probar que sus capacidades parentales son adecuadas y ello implica tiempo, dedicación y sumisión a los equipos de la administración de protección. Puede durar un año, dos o más, si la madre no consigue probar que puede hacerse cargo de su hija en todos los ámbitos. Habrá que analizar sus facultades mentales, físicas y económicas para que pueda volver a convivir con su hija. Mientras tanto, el tiempo va pasando y la niña se adaptará a la nueva situación, pero las secuelas de la separación quedarán para siempre. La niña perderá el vínculo de apego que tenía con su madre (visitas de una hora, vigiladas, hasta que se compruebe que su influencia es positiva para la niña) y tratará de sustituirlo por la adaptación al nuevo medio.

El sentimiento de abandono de esta niña quedará en “su mochila” y su personalidad futura quedará marcada para siempre, sin que muestre signos en el momento actual. Como dicen los expertos, entre otros Jesús Palacios, catedrático de psicología evolutiva, “los humanos no estamos hechos para cuidados colectivos. Todo niño o niña, para desarrollarse, necesita al menos que una persona se cuelgue por él”.

Se ha apartado a una menor de un peligro inmediato, pero no es la mejor solución para su protección presente y futura. Apartar al niño de sus vínculos afectivos solo debería suceder si han fracasado los apoyos previos a la familia. El apoyo a la familia del menor, sin la separación del niño, entraña mas riesgo para la administración, pero menos riesgo para el futuro de este menor. Su madre, su familia, es su equilibrio futuro y en consecuencia, la administración debería poner todos los recursos disponibles para que esta menor no se separe de su madre pero esté protegida de los peligros de una situación precaria. Solo si la madre tiene garantías de devolución de su hija en un tiempo determinado, aceptará someterse a cualquier imposición, tratamiento o medida que se le solicite. Si no es así, esta madre perderá la confianza, la niña perderá una madre y tendremos una niña más institucionalizada.