Malas leyes, jueces en apuros
Se descuida la tipificación como delito de conductas de políticos que desde las instituciones subvierten el orden constitucional para satisfacer sus objetivos, que fue exactamente lo que sucedió en otoño de 2017
Astrid Barrio
Profesora de Ciencia Política de la Universitat de València. Miembro del Comité Editorial de EL PERIÓDICO
Esta semana se han conocido los primeros efectos de la ley del ‘sí es sí’, una ley nacida al calor de la sentencia de La manada con el claro objetivo de endurecer los delitos relativos al abuso y la agresión sexual por medio de una modificación de los tipos penales y que, paradójicamente, ha acabado teniendo como resultado la reducción de las penas de algunos condenados por delitos sexuales que se han podido acoger al principio de la aplicación de la norma más favorable que contempla la Constitución. Este resultado, que bajo ningún concepto puede considerarse inesperado o fruto del machismo de los jueces ya que numerosos juristas habían alertado del peligro de que esto sucediese, debería servir para conjurar las tentaciones del populismo punitivo, de la legislación 'ad hoc' y para reforzar la prudencia que debe guiar cualquier reforma legislativa para evitar que se acaben exacerbando las situaciones que se busca remediar.
Y esto es precisamente lo que puede acabar pasando con la reforma (o derogación) del delito de sedición que, bajo el pretexto de la homologación europea y con el objetivo de minimizar el impacto de los juicios del procés independentista, puede acabar comportando un incremento de la judicialización de la política, ya que del actual redactado se deduce la consideración como delito de buena parte del repertorio de acción colectiva habitual en muchos movimientos sociales. Algo sorprendente en un estado de derecho y más si la iniciativa procede del Gobierno más progresista de la historia. Se descuida, en cambio, la tipificación como delito de conductas de políticos que desde las instituciones subvierten el orden constitucional para satisfacer sus objetivos, que fue exactamente lo que sucedió en otoño de 2017. Porque la reforma no solo debe servir para superar las nefastas consecuencias de esa etapa sino para hacer una buena ley que evite en un futuro, si llega el caso, que los jueces tengan que volver a hacer malabarismos con los tipos penales.
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