Indultos

Momentum catastrophicum

El recurso dialéctico utilizado por el presidente del Gobierno, al equiparar justicia con venganza, no deja de ser un desatino. La justicia no se perdona; se aplica.

El Supremo se opone a conceder el indulto a los condenados por el 'procés'

El Supremo se opone a conceder el indulto a los condenados por el 'procés'. /

Luis Sánchez-Merlo

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Hace un siglo, Pío Baroja se refería al momentum catastrophicum (MC) como “ese instante en el que las mentiras, con apariencia de verdad, caen a veces sobre un país y lo aplastan". 

(MC1) 6-7 septiembre 2017.En las sesiones parlamentarias de aquellos días cuando, entre nación y democracia, el secesionismo eligió la nación; aprobó unilateralmente la «ley de desconexión» y, tras la celebración del referéndum declaró, brevísimamente, la independencia (DUI); el conflicto dejó de ser político, para pasar a ser, también, judicial. 

El enfrentamiento; entre quienes defienden el imperio de la ley y los que -al privilegiar la voluntad popular-se lo saltan, y, entre los partidarios de indulto y quienes lo rechazan; se convirtió en parte sustantiva del precio en juego.

Infravalorar las dificultades y sobrevalorarse a sí mismo (deudor obligado y apaciguador compasivo), es un clásico: el líder que se sacrifica por un pueblo que no le comprende, ese elevado % que se opondría al perdón, como anticipan los primeros sondeos.

(MC2) 12 de febrero -14 octubre 2019. Desde que comenzó el juicio del 'procés' hasta su culminación, me llamó la atención el uso reiterado que hicieron las defensas de la expresión ‘escarmiento’, quizá con intención de impugnar el propio juicio o desacreditar la futura sentencia.

Los propios presos lo esgrimieron, como argumento de autoridad, para exigir beneficios penitenciarios, en tanto que el independentismo, acusaba a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS), de dictar “venganza y escarmiento”, a sabiendas de que el derecho penal tiene otro afán que no es el escarmiento.

Con la televisión mirando -sin interrupción- a Estrasburgo, las 52 sesiones de la vista oral se desarrollaron con garantías, sin interrupciones ni discusiones de mayor cuantía. En los 493 folios del fallo, los siete magistrados no advirtieron violencia suficiente para calificar los hechos como rebelión. Así fueron considerados por el Ministerio Público, que advirtió de las consecuencias que podrían producirse si no se incluía en la sentencia la cláusula de seguridad del art.36.2 del Código Penal. Y así fue.

Se sirvieron de una alegoría como señuelo, apadrinada por uno de los magistrados. Bajo el imaginario derecho de autodeterminación, estaba agazapado el deseo de presionar al Gobierno para la negociación de una consulta popular

En Madrid, la sentencia de la ensoñación se recibió con suspicacia, por recelo a interferencias políticas. En Barcelona, con desconcierto y lluvia de piedras, adoquines, bengalas y cocteles molotov.

(MC3) 25 de mayo 2021.El recurso dialéctico, utilizado por el presidente del Gobierno, ese día en Bruselas, al equiparar justicia (“principio moral que lleva a dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece”) con venganza (“satisfacción que se toma del agravio o daño recibidos; castigo, pena”), no deja de ser un desatino. La justicia no se perdona; se aplica. Máxime, cuando se emplea, antes de leer el informe del (TS) y como exponente de haber optado por medidas de gracia, en respuesta a la cuestión más grave que tiene planteada la democracia española, el independentismo

El actual presidente de la Generalitat, haciendo caso omiso de que, en España, la defensa democrática del derecho a la independencia no está penada por ninguna ley y cada uno es libre de opinar lo que le dé la gana; había etiquetado la decisión del TS como: "Un insulto a todos los demócratas”, añadiendo “Castigados por una justicia carcomida, vieja y caduca por el simple hecho de defender sus ideas”.

Pero, en los cuatro años transcurridos, los hechos han ido por otros derroteros, aunque los interrogantes de cada parte, perduren: ¿Golpe de Estado o subversión unilateral del orden constitucional? Votar no es delito, ¿impedirlo por la fuerza, sí?¿Presos políticos o políticos presos? ¿Razón de Estado o interés del Gobierno?¿Se ha tratado de esquivar un problema político, recurriendo a la vía judicial? ¿Está siendo equitativa la justicia con quienes llevan más de tres años en prisión? 

En el resto de España, la apuesta por los indultos ha producido asombro, al no haberlo pedido ninguno de los potenciales beneficiarios, sin que haya habido atisbo de arrepentimiento y después de amenazar con volver a hacerlo

El intento de declarar la independencia, sin una mayoría clara, ha producido en la mitad de la sociedad catalana un desgarro en racimo (social, político, económico, familiar). En la otra mitad, y en el resto de España, la apuesta por los indultos a campo abierto ha producido asombro, al no haberlo pedido ninguno de los potenciales beneficiarios, sin que haya habido atisbo de arrepentimiento y después de amenazar con volver a hacerlo. Decía un perplejo: “Si el interesado no pide el indulto, ¿cómo es posible que se le dé? Es como si yo no pido una caña y media de gambas, ¿para qué me lo pone el camarero?”

El informe del Supremo, más concreto que la sentencia, ha dejado tres avisos: la amnistía no es posible en democracia (tal como reclaman los condenados), el delito de sedición tiene penas homologables con otros países de nuestro entorno y los indultos benefician a los socios que sostienen el Gobierno. Conclusión: “el indulto es una solución inaceptable”. A esta actitud, cabe añadir el informe del Ministerio Fiscal, también refractario a la condescendencia. Ambos coinciden con quienes opinan que no desactivará el independentismo, no aportará mejoras a la deteriorada convivencia y puede sentar un precedente para otras ansias secesionistas.

En un estado de Derecho, la responsabilidad penal se exige individual y no colectivamente y, por tanto, la titularidad del derecho al indulto es personal. Si el Consejo de Ministros concede la gracia como una pretendida solución general a un problema político, el Gobierno corre el riesgo de deslizarse por la pendiente de la arbitrariedad. No lo hará y no hay que descartar la reversibilidad. 

Si el presidente no aprueba los indultos, podría perder los actuales apoyos y verse obligado a disolver las Cámaras. Si los aprueba, sería la quiebra de la confianza de una buena parte de españoles, y probablemente las elecciones generales. Hace años, escuché a un profesor universitario decir: "los límites de la democracia han de ser absolutos". 

Antes de que arrecie la tormenta, ahora que ya tiene los informes y el cálculo de costes, no debería descartar convocar elecciones…y ganarlas.

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