Análisis

La plusvalía municipal, de nuevo vista para sentencia

Aunque crecen las opciones de que no haya que tributar en varios supuestos, los atónitos contribuyyentes tienen que seguir pagando convencidos de que la jusiticia tributaria cada vez tiene menos de justa

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Benjamí Anglès

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Cuando el 11 de mayo de 2017 el Tribunal Constitucional declaró la improcedencia del impuesto de la plusvalía municipal en el supuesto de que no se hubiera producido ninguna ganancia en la venta de un inmueble, parecía que por fin se ponía fin a uno de los conflictos tributarios más importantes y de más larga duración en el ámbito local. Pero fue solo eso, una apariencia.

Poco después, y ante la deriva de algunos tribunales superiores de Justicia que decidieron anular sistemáticamente todas las liquidaciones del tributo, hubiera o no ganancia, por entender que la declaración de inconstitucionalidad implicaba la derogación de los preceptos que lo regulaban desde 1988, el Tribunal Supremo tuvo que intervenir erigiéndose en intérprete constitucional y aclarando lo que ya parecía claro, que la exigencia del impuesto no es posible únicamente cuando no exista beneficio.

A pesar de esta aclaración, la aplicación del impuesto sigue siendo polémica. En primer lugar, y a pesar del tiempo transcurrido, el legislador aún no ha aprobado la modificación legal que el Constitucional le encomendó para determinar cuándo y cómo se debe liquidar el impuesto. Aunque la reforma no admite más demora, los gobiernos de Rajoy Sánchez sorprendentemente no han apreciado en este caso la extraordinaria y urgente necesidad para aprobar un decreto-ley que lo enmiende provisionalmente hasta su convalidación por el Congreso.

Pero los problemas de la plusvalía municipal no acaban aquí. Resulta que el Tribunal Supremo pronto se tendrá que pronunciar sobre otro recurso contra la fórmula de cálculo del impuesto, que demuestra que la cuota a pagar no resulta del incremento de valor de los inmuebles desde su anterior transmisión sino de la evolución de los valores catastrales a partir de la actual, lo que suele generar una base imponible muy por encima del incremento real.

No hace falta decir que, en caso de que el Supremo estime este recurso como ya han hecho algunos tribunales inferiores, la exigencia del impuesto sería simplemente imposible. Pues, por si todo esto no fuera poco, el Tribunal Constitucional acaba de admitir a trámite una cuestión de inconstitucionalidad abriendo otro frente contra la plusvalía municipal.

En esta ocasión el conflicto surge cuando, habiéndose acreditado una ganancia con la venta del inmueble, esta ha sido de poca cuantía, de modo que la cuota a pagar calculada con la fórmula impugnada es mucho mayor, advirtiéndose la falta de capacidad económica del contribuyente y un incumplimiento del principio de no confiscatoriedad por parte de la Hacienda municipal.

Ante estos argumentos, no parece que el Constitucional pueda defender la exacción del tributo en tales supuestos, lo que supondría una nueva puntilla al ya de por si cuestionado impuesto. De modo que, lejos de haberse calmado, las aguas de la plusvalía municipal siguen bajando bien revueltas a la espera de los pronunciamientos de los dos altos tribunales. Eso sí, mientrastanto, los atónitos contribuyentes tienen que seguir pagando el impuesto convencidos de que la justicia tributaria cada vez tiene menos de justa.