Al contado

La hipoteca del Tribunal Supremo

El daño ya está hecho, pero de la decisión de sus señorías dependerá el volumen del pasivo en credibilidad con el que cargará la institución

Fachada del Tribunal Supremo

Fachada del Tribunal Supremo

Agustí Sala

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Seguridad jurídica. Es lo mínimo que se exige a un país occidental y desarrollado. Es lo que reclaman los ciudadanos y también las empresas. Sin este requisito se hace difícil atraer inversiones. En España, sea por un motivo o por otro, es una variable que se había visto muy tocada. Basta con recordar los pleitos internacionales que se acumulan por el recorte retroactivo a las energías renovables que aprobó el Gobierno del PP.

Que el Tribunal Supremo cambie de criterio con respecto a quien debe pagar el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) por formalizar la escritura de la hipoteca no supone ningún revés a la seguridad jurdíca. Este hecho no constituye ningún elemento que dinamite la credibilidad de la judicatura.

Es perfectamente posible que la doctrina sobre una materia varíe y se adapte o que incluso el tribunal opte por corregir una normativa que entiende que era incorrecta. Sí en cambio que es un colosal despropósito el procedimiento mediante el que se han suspendido los efectos del fallo de hace un par de semanas sobre este gravamen que recae en las escritruas.

Pasar de decidir que sea el cliente el que pague el gravamen, tal como establecía la propia normativa, a optar porque sea el banco, tal como establecen las últimas sentencias, significó un cambio radical, y, por una vez, un criterio favorable al usuario. En todo caso, la banca no era esta vez más que la recaudadora de un impuesto cedido a las autonomías

Que el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmespidiera perdón por todo los sucedido no es ningún atenuante. Esta actitud no ha hecho más que desatar la caja de los truenos y las pugnas internas en el alto tribunal que, seguramente, quedarán patentes en las discusiones de los 31 magistrados a puerta cerrada.

La decisión del pleno de este lunes no es fácil. Podría decidir que se puede aplicar con retroactividad ilimitada, que es algo muy poco probable; limitar esta a cuatro años (operaciones realizadas en el 2015, 2016, 2017 y 2018), al ser una cuestión tributaria; o que se aplique la nueva doctrina con las hipotecas firmadas a partir de las últimas sentencias.

Cualquier decisión, discutida

Cualquiera de las resoluciones será discutida, aunque no podrá ser recurrida al ser el Supremo el tribunal superior y última instancia en todos los órdenes, salvo en garantías relacionadas con la Carta Magna, que dependen del Tribunal Constitucional. 

Lo cierto es que sea cual sea el resultado del pleno el daño ya está hecho. La credibilidad de la más alta institución jurídica del Estado está bastante hipotecada.

De lo que resuelvan sus señorías dependerá el volumen del pasivo con el que cargue este organismo. En todo caso, como muchos españoles, el Tribunal Supremo, cuestionado también por temas como el 'procés', cargará con una hipoteca que puede ser extremadamente difícil de amortizar.