Editorial
Un nuevo paso en la igualdad de derechos
El registro único de parejas estables en Catalunya facilitará los derechos sucesorios, la reagrupación familiar y el acceso a la pensión de viudedad
En noviembre del 2015, el Parlament de Catalunya convalidó por unanimidad el decreto ley del Govern aprobado el mes anterior por el cual se establecía un registro único de parejas estables que había de «extender la igualdad de derechos civiles a las parejas de hecho», como dijo en su día el conseller de Justícia. Con un retraso de casi un año y medio, motivado en parte por los vaivenes políticos, llega por fin el anuncio de la puesta en marcha del registro. Atendiendo a las sentencias del Tribunal Constitucional, que había reclamado «un medio útil y suficiente, un instrumento legal específico» para acreditar la existencia de las uniones, el registro único nace con una característica destacada. Su campo de acción es toda Catalunya, superando de esta manera la labor supletoria que hasta ahora se llevaba a cabo solo en 30 municipios, asegurando así un servicio universal y evitando la posibilidad de fraude al tratarse de una base de datos centralizada.
En atención a lo que ya se formulaba en la nueva redacción del Libro Segundo del Código Civil de Catalunya, en el que las parejas estables se tratan de manera análoga al matrimonio, el nuevo registro facilitará los trámites de derechos sucesorios, la reagrupación familiar y, de forma notable, el acceso a la pensión de viudedad. Se trata solo de acceder al formulario y acreditar uno de los tres supuestos: la convivencia durante más de dos años seguidos, existencia de hijos en común o la formalización notarial anterior.
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