EL PULSO SOBERANISTA
El TSJC no ve delito en la declaración de ruptura del Parlament
El tribunal rechaza dos querellas de Manos Limpias porque la resolución no supone un "alzamiento violento"
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
J. G. ALBALAT / BARCELONA
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) no aprecia delito en la declaración de ruptura del Parlament aprobada el 9-N, por entender que no constituye un "alzamiento violento", sino una resolución que se ciñe el ámbito parlamentario y que ya fue anulada por el Tribunal Constitucional (TC).
Con estos argumentos, el alto tribunal catalán, de acuerdo con el criterio de la fiscalía, ha rechazado dos querellas por rebelión y sedición que presentaron UPD y Manos Limpias contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la Mesa de la Cámara que apoyaron la resolución de "desconexión" con España.
COMPARACIÓN DESPROPORCIONADA
El TSJC considera que, en el ámbito penal, no se puede "equiparar los alzamientos violentos, desordenados u hostiles con los actos ilegales e inconstitucionales efectuados en sede parlamentaria y que no han trascendido ese ámbito".
En ese sentido, el tribunal insiste en que el delito de rebelión "exige el empleo de la fuerza" y que no consta que con la declaración del 9-N se haya visto alterado el orden público que requiere el delito de sedición.
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