El juez Castro rechaza el recurso de la infanta

La infanta Cristina, el 8 de febrero del 2014, cuando acudió a declarar, en Palma, ante el juez Castro.

La infanta Cristina, el 8 de febrero del 2014, cuando acudió a declarar, en Palma, ante el juez Castro. / periodico

MARISA GOÑI / PALMA

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El juez instructor del 'caso Nóos'José Castro, ha rechazado este viernes el recurso presentado por la defensa de la infanta Cristinarecurso infanta Cristina contra el auto de apertura de juicio oralapertura de juicio oral, en el que abrió proceso contra la hermana del Rey por dos presuntos delitos fiscales, esgrimiendo la "inmediata firmeza" de la que goza este auto, tal y como señala el artículo 241 de la ley orgánica del Poder Judicial. Concluye el magistrado que no ha habido indefensión alguna y "se desconoce de que exceso resolutivo, inoportuno o caprichoso estaríamos hablando" a tenor de lo argumentado por su defensa para recurrir un auto que reconocen irrecurrible.

Los abogados de la infanta presentaron la apelación a pesar de que Castro ya subrayó en su auto que no cabía recurso alguno. En él, la defensa reclamaba de nuevo la aplicación de la 'doctrina Botín' para su defendida con el objeto de librarla del banquillo de los acusados y reclamaban dejar sin efecto la fianza de 2,7 millones de euros al considerarla "desproporcionada e injustificada".

Por otra parte, el magistrado ha rechazado también los recursos de nulidad presentados por Diego Torres y su mujer, Ana María Tejeiro, mientras que sí que admite el de los socialistas valencianos en contra del sobreseimiento de la causa al vicealcalde de Valencia, Alfonso Grau.

El juez precisa que contra sus decisiones de rechazar los recursos de la infanta, Torres y Tejeiro "solo cabe recurso de queja" a interponer ante la Audiencia de Palma, mientras que en el caso de Grau, cabe recurso de reforma a interponer en el plazo de tres días.

REGAÑINA A ROCA

En una resolución de 17 páginas, el magistrado observa una"mezquina intención" en la defensa de la hermana del Rey cuando le acusa de incluir "de modo contingente" en el auto de apertura de juicio oral determinados extremos para sustraerlos del derecho de recurso. Aclara que en dicho auto no hay pronunciamiento sino argumentación sobre la legitimación de la acción popular para ejercer la acusación y defiende la solvencia de la jurisprudencia y votos particulares críticos con la 'doctrina Botín'.

Castro aprovecha para regañar profusamente al abogado de la infanta, Miquel Roca, a quien acusa de lanzar afirmaciones sobre la 'doctrina Botín' "que no responden a la verdad con la esperanza de que siempre habrá alguien que la asuma sin comprobarla". "La técnica es tan antigua como el ser humano", añade. El magistrado afea al letrado que haya difundido "incansablemente" ante los medios "su criterio sobre que la llamada 'doctrina Botín era de aplicación a su defendida".

LA "PENA DE BANQUILLO"

Asimismo, rechaza el argumento de que haya impuesto a la infanta una "pena de banquillo", como asegura la defensa en su recurso. "No es cometido asignado a jueces y magistrados (...), pero tampoco evitarla si con ello hacen dejación de sus funciones" y considera que "puede que sea por su proporcionalidad al nivel de ejemplaridad exigible a la persona afectada".

Finalmente, respecto a la crítica de actuar atendiendo fuentes periodísticas incluida en el recurso, responde que resulta sorprendente que esta acusación parta de quien "casi cada día participa en extensas declaraciones a los medios, sus escritos son, total o parcialmente, publicados antes de que este juzgado los provea y aborda en conferencias la presunción de inocencia de su defendida". En este punto, Castro afea al letrado su afirmación de que en España "no existe presunción de inocencia".