SECTOR FINANCIERO

Bruselas investiga posibles ayudas fiscales a los bancos españoles

La Comisión Europea indaga si la ley que regula los activos fiscales diferidos se aplica correctamente

MAX JIMÉNEZ BOTÍAS / BARCELONA

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Bruselas lo aprobó y Bruselas ha decidido ahora revisar el tratamiento legal para que los activos fiscales diferidos (DTA, en las siglas en inglés) o derechos a un menor pago futuro de impuestos, puedan computarse como capital. Una decisión que ha permitido a la banca española equipararse con las entidades financieras de otros países europeos. Lo cierto es que ahora la Comisión Europea ha iniciado una investigación preliminar para determinar si las garantías que ha concedido España a los activos fiscales diferidos de la banca constituyen ayudas públicas ilegales. La investigación afecta además a Grecia, Italia y Portugal, que también han recurrido a este tipo de medidas.

«La Comisión ha enviado cartas pidiendo información a los Estados miembros que proporcionan garantías a diferentes tipos de activos fiscales para entender cómo funcionan estas medidas y decidir si hay ayudas públicas o no», explicó el portavoz del Ejecutivo comunitario, Alexander Winterstein en rueda de prensa ayer. «Podemos confirmar que se han enviado cartas administrativas a España, Italia, Portugal y Grecia», agregó la portavoz de Competencia, Lucía Caudet.

«No constituyen ayudas públicas ilegales», respondió ayer el Ministerio de Economía, el organismo público que elevó a rango de ley la normativa en junio del 2013 en la que se avalan 31.000 millones de euros de capital de los bancos españoles. Estas garantías no pueden considerarse como ayudas de Estado a la banca al no tratarse de un mecanismo discriminatorio, ya que cualquier empresa puede hacer uso de esta prerrogativa, insistieron fuentes del departamento que dirige Luis de Guindos. Y recordaron que casi todos los países miembros de la UE disponen de garantías similares sobre los créditos fiscales diferidos. De hecho, la investigación de Bruselas, iniciada como consecuencia de preguntas de varios eurodiputados, principalmente españoles, intenta establecer si la aplicación de la ley es correcta, o si pese a que la ley refleja que todas las sociedades mercantiles pueden beneficiarse del decreto aprobado por el Gobierno, en la práctica solo la banca es la receptora de ayudas.

UN MERO CUESTIONARIO

En cuanto a la carta administrativa remitida por Bruselas al Gobierno español -al igual que a los de Italia, Grecia y Portugal- para recabar información al respecto, fuentes de Economía la calificaron como un mero cuestionario que no prejuzga ninguna conclusión. En el sector financiero diferentes fuentes manifestaron su sorpresa por el inicio de una investigación cuando el mecanismo tuvo que ser pactado por el Gobierno español y la Comisión Europea antes de ser trasladado a una ley española. Es cierto que en el cuarto informe elaborado por la Comisión Europea sobre el estado de la banca española, tras las ayudas financieras recibidas, se alertó del alto nivel de DTA, en otoño del 2013. Pero luego, en el quinto, en invierno, el organismo se dio por satisfecho con la legislación aprobada. «No es un caso fácil, la evaluación llevará tiempo. En esta fase no tenemos ninguna opinión de si hay ayudas públicas o no», resaltó ayer el portavoz comunitario, que aclaró que de momento ni siquiera se ha abierto un procedimiento «formal» de investigación.

Aunque es verdad que cualquier empresa puede utilizar los DTA, se trata de una compleja fórmula para mejorar el capital de máxima calidad de la banca. En síntesis, los DTA son el derecho al menor pago futuro de impuestos que las empresas generan cuando sufren pérdidas contables que no se pueden deducir en el pago del impuesto de sociedades de ese año. La normativa fiscal permite a las empresas hacerse esas deducciones en los años siguiente, lo que daba pie a los bancos incluir los DTA en sus ratios de solvencia.

Las nuevas normas contable internacionales, sin embargo, no los consideraba como capital de máxima calidad tal y como estaban definidos en la normativa española, ya que para poder usar esas deducciones era necesario generar beneficios en el futuro. Para modificarlo, el Estado garantizó a las entidades, por medio de la nueva ley, el cobro de parte de esos activos aunque no tengan ganancias. Las entidades tienen hasta 18 años para deducirse en el pago de impuesto de sociedades los DTA que generen en un ejercicio concreto. Si en el año 19 todavía tienen alguno de estos activos, el Estado tendrá que darles títulos de deuda pública para que los bancos los puedan usar como capital.