Ordenación Urbana

Así es la nueva norma que limita las 'cocinas fantasma' en zonas residenciales de Madrid

Podrán funcionar en locales de uso industrial de no más de 350 metros cuadrados, tendrán un máximo de ocho fuegos y los repartidores deberán esperar y operar en su interior

Cocinas fantasma

Cocinas fantasma / Óscar Tomasi

El Periódico / Efe

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Madrid ha aprobado la modificación de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que regulan las cocinas industriales, o cocinas fantasma, en las zonas residenciales de la capital y que será definitiva a principios de 2023. La medida, sin carácter retroactivo, afectará a quienes pretendan abrir nuevas cocinas industriales de ahora en adelante, no a la decena de ellas que ya operan en la capital.

El Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Madrid, Mariano Fuentes, aprobaba también una suspensión de un año, prorrogable a otro, de la concesión de las licencias de las cocinas industriales hasta que la nueva norma pase todos los trámites administrativos.

La modificación de las normas urbanísticas, que ha prosperado con los votos a favor de PP, Ciudadanos y Vox, se resume en los siguientes puntos:

Se prima su implantación en polígonos industriales y se limita su actividad en zonas residenciales, al igual que ocurre con el uso almacenaje con reparto a domicilio y la logística, marcando un criterio claro en cuanto a su posible impacto en el entorno.

Se limita la implantación de estas cocinas en ámbitos residenciales a locales de uso industrial con un máximo de 350 metros cuadrados, con la obligación de que tengan en el interior del establecimiento las zonas de espera, carga y descarga y estancia de los repartidores.

El máximo de cocinas por instalación permitidas será de ocho.

Además, se exigirá un estudio de movilidad para conocer el impacto que tendrán en la zona.

Esta norma se aplicará también a la norma zonal 9 (zona industrial) que quede dentro de ámbitos residenciales.