Directiva europea

Berlín y París bloquean la ley que castiga a las multinacionales que socaven derechos humanos

Las dos capitales votan contra la directiva de diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (CSDD)

Alemania y Francia hacen descarrilar la regulación europea sobre los ‘riders’

Imagen de una industria textil en Filipinas.

Imagen de una industria textil en Filipinas. / EFE/Mike Alquinto

Silvia Martinez

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No hace ni dos semanas que París y Berlín se aliaron para hacer descarrilar el “acuerdo político” cerrado en diciembre bajo presidencia española del Consejo de la UE sobre la regulación de los trabajadores de plataformas digitales. Este miércoles ambas capitales han vuelto a liderar una nueva minoría de bloqueo lo que ha impedido aprobar otra norma acordada a finales del año pasado: la directiva de diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (CSDD en sus siglas en inglés), llamada a castigar a las multinacionales que socaven los derechos humanos y el medio ambiente.

“Pese a los esfuerzos de la presidencia, no hemos encontrado la mayoría cualificada necesaria. Ahora tenemos que considerar el estado de la cuestión y veremos si es posible abordar las preocupaciones presentadas por los Estados miembros, en consulta con el Parlamento Europeo”, ha anunciado la presidencia belga de la UE en la red social X. Todo un desafío dado que la legislatura ha entrado en tiempo de descuento y que el margen de maniobra para aprobar la directiva antes del receso del Parlamento Europeo es extremadamente limitado.

“Deploramos la decisión de los miembros de la UE de no atenerse a sus compromisos iniciales, alcanzados el pasado mes de diciembre. Con tal decisión, los Estados miembros protegen a todas aquellas empresas que prefieren no mirar con lupa lo que ocurre en sus cadenas de suministro mundiales y para las que unas condiciones de trabajo dignas no son más que un coste incómodo y no una obligación moral”, ha denunciado la eurodiputada socialista y ponente de la Eurocámara, Lara Wolters. En su opinión, el veto esconde una motivación “puramente ideológica” y la voluntad de los Estados miembros “de jugar a juegos políticos antes de las elecciones europeas”. La eurodiputada de Francia Insumisa, Manon Aubry, ha acusado por su parte al presidente francés, Emmanual Macron, de proteger a las multinacionales y de aplazar sine die el deber de vigilancia.

14 países con dudas

En total han sido 14 los Estados miembros que no han podido apoyar el texto durante la reunión de los embajadores permanentes de la UE, según han explicado fuentes diplomáticas. El único en votar en contra ha sido Suecia mientras que el resto de países, incluida Francia, Alemania e Italia, se han abstenido impidiendo la formación de la mayoría cualificada necesaria. En cuanto a los argumentos esgrimidos para impedir la aprobación han sido variados: desde que la norma provocará inseguridad jurídica, hasta el coste de las nuevas cargas administrativas que acarreará la directiva o el temor a la desventaja que supondrá para las multinacionales europeas en una economía globalizada.

La presidencia española del Consejo y los negociadores del Parlamento Europeo cerraron un acuerdo provisional el pasado 14 de diciembre sobre la normativa, que establece obligaciones para que las grandes empresas se responsabilicen del impacto real o potencial de sus actividades sobre el medio ambiente y los derechos humanos, incluidos socios comerciales situados en su cadena de suministro, con sanciones en caso de incumplimiento.

Grandes empresas

Las reglas, según el pacto cerrado entonces, se aplicarán a las empresas grandes, de más de 500 trabajadores y un volumen de negocios mundial neto superior a los 150 millones de euros. No obstante, también quedarán cubiertas aquellas que tengan más de 250 empleados y una facturación superior a los 40 millones de euros si al menos 20 millones se generan en sectores de riesgo: fabricación y comercio al por mayor de textiles, prendas de vestir y calzado, agricultura, incluida la silvicultura y pesca, fabricación de alimentos y comercio de materias primas agrícolas, extracción y comercio al por mayor de recursos minerales o fabricación de productos relacionados y construcción.

En cuanto a las empresas extracomunitarias, se les aplicarán las reglas si su volumen de negocios neto en la UE supera los 150 millones de euros, tres años después de la entrada en vigor de la norma. El pacto excluye temporalmente a los servicios financieros, aunque incluye cláusula de revisión de cara a una posible inclusión en el futuro del sector financiero, sobre la base de una evaluación de impacto suficiente.

Para cumplir con las reglas, las empresas tendrán que elaborar un plan que garantice que su modelo de negocio y su estrategia son compatibles con el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático. Además, se refuerza el acceso a la justicia apra las personas afectadas y se establece un período de 5 años para que los afectados puedan presentar reclamaciones por efectos adversos (en particular, los sindicatos u organizaciones de la sociedad civil).

Como último recurso, las empresas que detecten efectos adversos sobre el medio ambiente o los derechos humanos provocados por alguno de sus socios comerciales tendrán que poner fin a dichas relaciones comerciales cuando no puedan prevenirse dichos efectos o no se les pueda poner fin. En el caso de las empresas que no paguen las multas, la directiva prevé multas de al menos el 5 % del volumen de negocios neto de la empresa.