Economía

Diez gastos deducibles para los autónomos: claves y trucos a tener en cuenta

Los trabajadores autónomos pueden aplicarse deducciones en determinados gastos ligados a su actividad profesional

Diez gastos deducibles para los autónomos: claves y trucos a tener en cuenta

Diez gastos deducibles para los autónomos: claves y trucos a tener en cuenta

P.G.

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Los autónomos en España tienen la capacidad para deducirse algunos gastos habituales en su actividad profesional en la declaración de la renta de cada año. Conocer las deducciones que se pueden aplicar puede decantar el resultado de la declaración y que salga a devolver en vez de a pagar.

La plataforma Declarando apunta que "una adecuada planificación del negocio y la deducción correcta de todos los gastos correspondientes a la actividad pueden tener un impacto económico de hasta 4.000 euros de ahorro sobre la declaración de la Renta".

Repasamos en esta lista hasta diez partidas que se pueden desgravar con facilidad, estos son:

  • Cuota de autónomos y nóminas de los empleados. Lo más básico que paga un autónomo es deducible al 100% en la declaración de la renta. Además, los trabajadores autónomos que tienen a su cargo empleados pueden deducirse el importe de las nóminas y las cantidades satisfechas a la Seguridad Social.
  • Facturas de teléfono. Para que sea deducible el autónomo debe disponder de una línea móvil personal a su nombre y otra profesional.
  • Gestoría y asesoría fiscal, laboral y/o legal. Los servicios de gestoría, asesoramiento laboral y los gastos en bufetes de abogados también pueden deducirse íntegramente a la hora de presentar la declaración anual de IRPF.
  • Alquiler de oficinas, espacios compartidos de coworking y materiales de trabajo. Los materiales imprescindibles para desarrollar la actividad profesional.
  • Transportes y desplazamientos. Los gastos relacionados con los desplazamientos que exija la actividad profesional (billetes de transporte publico, facturas de taxis…) pueden desgravarse en su totalidad en el IRPF. En este caso, será necesario que el autónomo pueda justificar la relación del desplazamiento con su negocio ante una posible consulta de la Agencia Tributaria. Se pueden deducir el 100% del gasto en gasolina de su IRPF quienes se dediquen a las actividades de transporte de viajeros, transporte de mercancías, formación de conductores, agentes comerciales colegiados.
  • Inversión en publicidad y marketing. Los servicios contratados para dar a conocer el negocio o la actividad profesional también son deducibles en sus totalidad. Sucede igual con aquellos gastos que puedan ser justificados como acciones de marketing.
  • Suscripción a herramientas online, revistas especializadas o programas informáticos. Aquellos autónomos que tienen contratados herramientas de trabajo online o suscripciones a programas informáticos pueden desgravarse las cantidades que abonen por estos servicios, ya que se consideran necesarios para el desarrollo de la actividad profesional. Del mismo modo sucede con los gastos que tengan que ver con la gestión de las páginas web profesionales, las cuotas de suscripción a revistas especializadas y la compra de libros relacionados con la profesión.
  • Seguros: Responsabilidad civil, médico y de vida. Los autónomos que tengan contratadas pólizas de seguros de responsabilidad civil, de seguros médicos privados o de seguros de vida podrán deducirse hasta 500 euros al año de seguro médico sin necesidad de justificar la relación de los seguros con la actividad profesional que desarrollan. Con el seguro de responsabilidad civil no hay límite y con el de vida tampoco, pero tiene que estar vinculado a hipoteca o ser un seguro de vida de ahorro como un SIALP o PPA.
  • Cuotas de colegios y asociaciones profesionales. Aquellos autónomos que por su actividad profesional estén colegiados o pertenezcan a asociaciones profesionales y paguen regularmente una cuota por ello, podrán deducirse el 100% de lo abonado en la Declaración de la Renta.
  • Eventos y formaciones. Las actividades de formación sobre aspectos que afectan al negocio de los autónomos también son gastos deducibles a la hora de presentar la Declaración de la Renta.

Los trabajadores autónomos tienen, además, la posibilidad de deducirse parcialmente los gastos de suministro (agua, luz, internet…), en un porcentaje del 30% sobre el total de la superficie de la vivienda que se usa para trabajar.

También se podrán incluir los gastos de dietas y alojamientos por viajes de trabajo, siempre que se haya pagado con tarjeta, exista factura del gasto (no ticket) y el importe no supere los 26,67 euros diarios por persona o los 48,08 euros diarios si el gasto se produce fuera de España.

El caso del vehículo tiene una interpretación aparte, ya que no se puede deducir parcialmente y, por lo tanto, no se permite su inclusión como gasto en la renta para la mayoría de autónomos. Los únicos que pueden deducirse la compra o gastos del coche, camión o furgoneta de empresa son algunas actividades que marca la ley como los transportistas, los taxistas, las autoescuelas o los agentes comerciales.