Salarios

¿Qué implica para trabajadores y empresarios subir el salario mínimo a 1.000 euros?

Las compañías deben asumir el incremento que nota el trabajador en la nómina, además de las cotizaciones a la Seguridad Social

Una camarera atiende a varios clientes en una terraza.

Una camarera atiende a varios clientes en una terraza. / EP

Gabriel Ubieto

Gabriel Ubieto

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La subida del salario mínimo interprofesional (SMI) a 1.000 euros ha sido acordado entre el Gobierno y los sindicatos para aplicarse con carácter retroactivo a 1 de enero del 2022. Y en los departamentos de recursos humanos y gestorías ya están sacando las calculadoras para cuadrar balances. La subida implicará que los trabajadores cobren más, las empresas deberán pagar más y todo ello también repercutirá de manera directa en los autónomos. Esos 35 euros de incremento que el Ministerio de Trabajo ha pactado con las centrales y en contra de la opinión de la patronal son más de 35 euros para los balances empresariales. Estas son las claves de la subida para el bolsillo de los implicados.


¿Cómo afecta al trabajador?

Actualmente y hasta que la nueva subida quede plasmada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el salario mínimo es de 965 euros brutos en 14 pagas. Lo que equivale a 13.510 euros brutos al año; en caso de una jornada completa de 40 horas. Esos 965 euros, para empezar, son brutos, es decir, no se ingresan tal cuál a final de mes en la cuenta corriente de los trabajadores. 965 euros brutos se traducen en una cifra cercana a los 900 euros que entran netos en los bolsillos de los trabajadores. Es un cálculo aproximado, pues la cifra exacta depende de varios factores, como el tipo de contrato, el número de familiares a cargo, el estado civil, si el trabajador está empleado todo el año o solo trabaja unos meses, etc.

Replicando estos cálculos al nuevo salario mínimo de 1.000 euros, el trabajador pasará a ingresar a final de mes 933 euros. Algo menos de 2 millones de trabajadores cobran el salario mínimo en España. La previsión es que el Consejo de Ministros o bien del próximo martes 15 de febrero o el siguiente del 22 de febrero den luz verde a la medida, que, no obstante, entraría en vigor a efecto retroactivo a 1 de enero. Lo que implica que los empresarios ya deberán abonar la subida en la próxima nómina de febrero, además de una 'paguilla' compensando los 35 euros de subida que no pagaron en enero.


¿Cómo afecta al empresario?

Cuando una empresa contrata a un trabajador no solo debe asumir el salario, sino también las cotizaciones a la Seguridad Social. Estas están destinadas a pagar futuras prestaciones de paro, pensiones, bajas por accidente o cursos de formación; entre otros. El coste laboral en cotizaciones varía en función de distintas variables, como el sector de actividad del trabajador (a mayor peligro, más cotización en concepto de posibles accidentes) o si el contrato es temporal o a tiempo parcial (mayor coste que un indefinido). La horquilla de cotizaciones va del 31,4% al 37,05% sobre el salario bruto del trabajador.

¿Qué suponen entonces esos 35 euros más al mes? Pues que la empresa deberá pasar a pagar entre 1.366 euros y 1.431 euros al mes; cuando antes pagaba entre 1.318 euros y 1.381 euros. Hay que tener en cuenta que las cotizaciones se calculan sobre el salario anual divido en 12 pagas, no en 14 pagas como popularmente se cuantifica. En resumen, la subida del SMI de 35 euros se traduce en 33 euros más de sueldo para el trabajador y entre 48 euros y 50 euros más de gasto para la empresa. 


¿Cómo afecta al autónomo?

Históricamente, el salario mínimo estaba directamente vinculado con la base mínima de cotización que pagaban los trabajadores autónomos y cuando subía uno, la otra también subía. No obstante, el Gobierno, más concretamente la Seguridad Social, deberán publicar una orden específica para establecer si sube o no la base mínima de cotización, que es lo que determina la cuota de la mayoría de autónomos. Actualmente la base de cotización es de 960,6 euros. Sobre la que luego se calcula la cuota mensual de 294 euros, que resulta de aplicar el 30,6% a la base mínima de cotización en concepto de contingencias comunes, profesionales, cese de actividad y formación profesional. Si posteriormente el Gobierno decide subir la base de cotización, la cuota mínima también subirá. Pero de esa cifra (o de un posible aumento) de momento la Seguridad Social no ha querido avanzar detalles.

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