El juez mantiene imputado al expresidente del BBVA Francisco González por administración desleal
Niega que el delito haya prescrito aunque la valoración de la finca en cuestión se produjera entre 2013 y 2014
Recurre a la pluralidad de afectados que puede tener una entidad que cotiza en el Ibex-35 para negar la necesidad de denuncia previa
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón mantiene la condición de imputado por un delito de administración desleal al expresidente del BBVA Francisco Gonzalez en la pieza del caso Tándem, en el que se investigan las cloacas policiales, por los encargos realizados por la entidad financiera con empresas del comisario jubilado Jose Manuel Villarejo.
El magistrado rechaza el recurso de reforma de González contra el auto de 20 de julio en el que ampliaba su imputación también por este delito por encargos presuntamente sufragados con los fondos sociales del banco en relación con la valoración de una finca de su propiedad entre 2013 y 2014, práctica que el auto califica de “operativa sospechosa”, por la que es necesario que preste declaración.
González argumentaba en su recurso la ausencia de concreción de los hechos que se le atribuyen, la falta de motivación del auto y, en todo caso, la prescripción de los mismos. Además, invocaba que no había habido ninguna denuncia previa de ofendido o perjudicado en relación con la valoración de la finca, requisito necesario, según la defensa de González, para imputarle administración desleal.
Pluralidad de personas
El juez explica en su auto que la investigación se encuentra en una fase embrionaria que no requiere una exigencia plena de determinación y concreción. Considera suficiente la exposición sucinta de los hechos investigados, que aparece en la resolución original, para interrogarle, lo que considera esencial. Además, descarta la prescripción de la administración desleal o que sea necesaria denuncia previa del ofendido o perjudicado para poder investigarla, extremo que el magistrado niega si el hecho afecta a los intereses generales o a una pluralidad de personas.
El juez señala que al tratarse de una entidad bancaria de gran relevancia que cotiza en el IBEX-35, con una multitud de accionistas y uno de los principales bancos del país, “el riesgo reputacional de semejantes conductas sí que afecta, de modo directo, a los intereses generales de aquéllos, así como al interés general”. Por todo ello, concluye que no sería precisa la existencia de una denuncia previa para investigar estos hechos.
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