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El Gobierno aprueba el nuevo complemento de pensiones y flexibiliza el acceso al ingreso mínimo

Uno de los dos progenitores de la pareja cobrarán un 'extra' de 27 euros mensulaes por hijo, a partir del primero, una vez se jubile

Los requisitos de unidad de convivencia para acceder a la renta mínima quedan reformados para permitir el acceso de más hogares

El Ejecutivo aprueba que sanitarios ya jubilados se puedan reincorporar y compatibilicen su sueldo con la pensión

MADRID  02 02 2021 - El ministro de Inclusion  Seguridad Social y Migraciones  Jose Luis Escriva  en rueda de prensa tras reunion del Consejo de Ministros  hoy en el Palacio de la Moncloa  EFE  Ballesteros

MADRID 02 02 2021 - El ministro de Inclusion Seguridad Social y Migraciones Jose Luis Escriva en rueda de prensa tras reunion del Consejo de Ministros hoy en el Palacio de la Moncloa EFE Ballesteros / EFE / Ballesteros

Gabriel Ubieto

Gabriel Ubieto

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El Gobierno ha aprobado este martes en su Consejo de Ministros un nuevo real decreto con reformas en materia de pensiones e ingreso mínimo vital. El ministro de Inclusión, José Luís Escrivá, ha dado cuenta del nuevo complemento de maternidad o paternidad para los pensionistas que hayan tenido hijos. Este regirá a partir del primer descendiente (biológico o adoptado) y será de unos 27 euros mensuales (en 14 pagas). El Ejecutivo también ha aprobado la flexibilización de los requisitos de acceso del Ingreso Mínimo Vital para aumentar su actual cobertura, la tipificación del coronavirus como enfermedad profesional para el personal socio sanitario y la posibilidad de que sanitarios ya jubilados puedan volver a ejercer y compatibilicen el salario con parte de su pensión.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde a una de las dos prioridades del departamento liderado por Escrivá para este 2021. Tras la prórroga de la cláusula de salvaguarda, este martes le ha seguido el nuevo complemento para las pensiones. Este aumenta la cobertura, pues pasa de regir desde el segundo hijo a a partir del primero. También extiende el derecho a este plus a ambos sexos, pues hasta ahora solo beneficiaba a las mujeres; algo que el TJUE censuró por discriminatorio. No obstante, la previsión de la Seguridad Social es que el 98% de los beneficiarios serán mujeres, pues es entre estas donde se concentran menores pensiones.

El complemento lo percibirá uno de los dos progenitores, en el caso de una pareja, y será aquel que reúna una menor pensión. Su importe será un fijo de 27 euros al mes (o 378 euros al año), cuando hasta ahora se calculaba en proporción a la pensión (que a su vez dependía del sueldo durante la carrera laboral). La estimación de la Seguridad Social es que esa transición a un importe fijo beneficiará a las pensiones más bajas, perjudicará a las pensiones más altas y tendrá un importe neutro en cuanto a coste para las arcas de la Seguridad Social. Escrivá sí ha manifestado que prevé un aumento del 6% en la pensión media. Actualmente, cada año se pagan 750.000 complementos de este tipo y para ello se destinan 640 millones de euros.

Más facilidades para acceder al IMV

Otra de las medidas que incluye el real decreto que ha aprobado este martes el Gobierno es una reforma para flexibilizar el acceso al ingreso mínimo vital (IMV). Una renta estatal que lleva seis meses en marcha y que actualmente llega a 160.000 familias, según la nómina de diciembre. La modificación contempla que las incorporaciones a la unidad familiar de un familiar de estrecha consanguineidad serán consideradas transitorias, para no alterar el cómputo de acceso.

Es decir, en caso de que a un hogar se incorpore un nuevo familiar, por motivos de emergencia, este no contará para calcular la renta de dicho hogar. También se abre el cobro del IMV a aquellas personas en situación de sinhogarismo o con residencias no permanentes. Para así no dificultar el acceso al IMV; pues, según Escrivá, 60.000 peticiones han sido denegadas hasta ahora por incumplir los requisitos para acreditar la convivencia. A su vez, también se suprime el límite de dos titulares del ingreso mínimo por vivienda.

Enfermedades profesionales y sanitarios jubilados

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicará este miércoles que aquellos profesionales socio sanitarios que queden contagiados de coronavirus tendrán cobertura como enfermedad profesional. Lo que implica, entre otros, unas mejores indemnizaciones por incapacidades temporales. El redactado final del BOE desglosará qué profesionales quedan beneficiados por esta modificación, pero el ministro Escrivá ha adelantado que no se ceñirá estrictamente a médicos o enfermeras, sino que también dará cobertura a otros perfiles, como, por ejemplo, los celadores.

En plena tercera ola, el Ejecutivo también ha abierto la puerta a movilizar a sanitarios que actualmente estuvieran jubilados para que puedan volver a ser contratados. Y, para incentivarlo, permita compatibilizar parte de la pensión con el salario. Los detalles de esta medida no han sido detallados en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros y quedarán oficializadas en el BOE.