Las consecuencias de un gesto polémico

¿Quién podría destituir a Rubiales?

Luis Rubiales, President of RFEF (Real Spanish Soccer Federation) during press conference at Ciudad del Futbol on April 20, 2022 in Las Rozas, Madrid, Spain.

Luis Rubiales, President of RFEF (Real Spanish Soccer Federation) during press conference at Ciudad del Futbol on April 20, 2022 in Las Rozas, Madrid, Spain. / AFP

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El beso del presidente de la Federación Española de Fútbol, Luis Rubiales, a Jenni Hermoso durante la celebración del título ha generado multitud de reacciones y críticas. Los ministros de Igualdad, Irene Montero, y de Deporte, Miquel Iceta, exigieron explicaciones a Rubiales, que tuvo que salir públicamente este lunes a disculparse por su comportamiento. Desde Sumar se pidió la dimisión del presidente de la Federación, al igual que lo hizo la secretaria d’Esports de la Generalitat, Anna Caula, en declaraciones a Catalunya Ràdio. "Rubiales debe dimitir. No podemos tolerar ni pagar ningún precio por ser deportista de élite. La mirada al fútbol aún no es igualitaria", afirmó Caula.

Las preguntas pertinentes, a raíz de lo sucedido después de la final de Sídney, son evidentes. ¿Puede considerarse violencia sexual la acción de Rubiales? Y, en caso de ser afirmativo,  ¿qué organismos pueden actuar contra el presidente de la Federación y, de ser necesario, cesarlo en el cargo?

Solo en caso de que el beso de Rubiales pudiera considerarse delito al amparo de la ley del solo sí es sí, podría actuarse también a nivel desde la administración contra el presidente de la Federación. Tiene potestad el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), que está controlado por el Consejo Superior de Deportes, como sucedió en la salida de Ángel María Villar, por irregularidades en el proceso electoral. Pero corresponde, en último extremo, a la Asamblea General de la Federación de fútbol la elección y el cese del presidente mediante una moción de censura.   

El protocolo de actuación frente a la violencia sexual de la Real Federación Española de Fútbol, que deben incorporar todas las federaciones deportivas según la nueva Ley del Deporte, establece en su punto cuatro que contactos físicos como "atraer con el brazo con el intento de besarles" o "besar a la fuerza" deben ser considerados "situaciones, actitudes y comportamientos relacionados con la violencia sexual".

"Estas conductas son inaceptables y conllevarán consecuencias inmediatas", señala el texto, que no obstante no incide en cuáles son estas medidas ni en cómo se determinará si la acción se ha cometido "a la fuerza".

La clave de todo está en el consentimiento, ya que no tendría recorrido penal a menos que la jugadora declare que el beso no fue consentido. "La clave está, al menos desde el punto de vista penal, en el consentimiento, el cual debe decidirlo la víctima", explica la coordinadora de la Comisión de Violencia de Género de Juezas y Jueves por la Democracia, Maria del Prado Escoda.