Campaña del IRPF
¿Qué pasa si presento la declaración de la renta fuera de plazo?
Las consecuencias varían si se corrige antes de que lo exija Hacienda y en función del tiempo transcurrido
Agustí Sala
Redactor jefe de Economía
Además de El Periódico, trabajé de 1989 a 1990 en La Economía 16, como responsable de Economía en el Diari de Barcelona, de 1989 a 1990; en la sección de Economía de TVE Catalunya de 1987 a 1989, en Antena 3 de Radio, de 1985 a 1987 y en el Diari Menorca, de 1983 a 1985 y Radio 80-Menorca. Además la licenciatura en Ciencias de la Información por la Universitat Autònoma de Barcelona (1992-1986), tengo un posgrado en dirección general (PDG) 2011-2012y un curso de Márketing Digital y Redes Sociales por la EAE Business School
Todos los impuestos tienen un calendario y unos plazos y fechas que hay que cumplir. El impuesto de la renta (IRPF) no es una excepción. Presentar la declaración de la renta fuera de los plazos establecidos en la campaña tiene consecuencias que varían en función de si se presenta antes de que lo exija el fisco y del tiempo transcurrido.
1 ¿Cuál es el plazo para presentar la declaración de la renta?
La campaña comenzó el 6 de abril para la presentación por internet, que se ha convertido en la mayoritaria. El final de la misma es el próximo 30 de junio. El 27 de junio es el último día para presentar la renta con resultado a ingresar si se quiere domiciliar el pago en la cuenta bancaria.
2 ¿Se puede presentar fuera de plazo?
Si el plazo ha pasado o la declaración no se presentó por pensar que no se estaba obligado, se puede cumplir con el Hacienda en cualquier momento, incluso años después. Pero eso no significa que no vaya a haber consecuencias por hacer tarde la liquidación del IRPF. De hecho, cuanto más se tarde, peor es el resultado.
3 ¿Qué consecuencias tiene?
Pues Hacienda puede imponer una sanción y un recargo. Esto dependerá de el resultado de la declaración, ya que si el fisco sale perjudicado la sanción será mayor. También dependerá de si es el contribuyente quien la presenta antes de que se le reclame o si es resultado de haber recibido un requerimiento de la Agencia Tributaria.
4 Si la renta era con resultado a pagar...
Si el resultado de la declaración no presentada en plazo era a pagar, lo que mejor es hacerlo cuanto antes y mejor que sea antes de que llegue un requerimiento de Hacienda. Entonces habrá que afrontar un recargo, pero no una sanción, que será más elevado cuanto más tiempo haya transcurrido desde que tendría que haberse presentado:
Hasta 3 meses , el 5%
Hasta 6 meses, el 10%
Hasta 12 meses, el 15%
Más de 12 meses, el 20% más intereses de demora (3,75%)
Si ya se ha recibido un requerimiento en una declaración que era a pagar, la sanción será mucho mayor. En estos casos, dependiendo de la gravedad de la infracción, el recargo será de entre el 50% y el 150% de lo que se tenía que pagar, según el artículo 191 de la Ley General Tributaria.
La sanción se puede reducir un 30% por conformidad. Hacienda perdona parte de la deuda si se acepta la sanción y no se recurre. Y también se podrá reducir la multa otro 25% si se paga dentro del periodo voluntario que marque la notificación de la Agencia Tributaria.
5 Si la renta era con derecho a devolución...
Si no ha llegado todavía el requerimiento de Hacienda y la renta tenía derecho a devolución, el caso no supone un perjuicio para Hacienda. De todas formas, por presentar la declaración fuera de plazo habrá que pagar una multa de 100 euros. Si es igualmente con derecho a devolución, pero ya ha recibido un requerimiento habrá que pagar 200 euros. O sea, lo que iba a ser una devolución podría resultar saliendo a pagar
6 ¿Cómo se presenta la declaración de la renta fuera de plazo?
Los trámites son los mismos para hacerlo dentro de plazo. Puede hacerlo en la sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado electrónico (puede conseguirlo en cuatro pasos), Cl@ve PIN o el número de referencia a partir de la casilla 505 de la Renta pasada.
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