Normativa de consumo

Entonces, ¿tengo o no derecho a subir una maleta de mano gratis al avión?

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El Parlamento Europeo insta a la Comisión a hacer cumplir la gratuidad del equipaje de mano

El Parlamento Europeo insta a la Comisión a hacer cumplir la gratuidad del equipaje de mano / JORDI COTRINA

Paula Clemente

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Han pasado tres años desde que Vueling (la aerolínea con más peso dentro del Aeropuerto de El Prat) anunció que empezaría a cobrar por subir una maleta de mano a la cabina del avión. Cinco, desde que Ryanair, otra de las grandes compañías ‘low cost’ del sector, hizo lo propio. Pero, aun con un lustro de recorrido tras de sí, en plena 'operación Salida' ante el puente de la Purísima, el debate y las dudas siguen encima de la mesa. Sobre todo, porque las asociaciones de consumidores, agencias públicas de consumo e incluso el Ministerio pertinente llevan meses embistiendo y divulgando contra esta práctica, pero las aerolíneas la mantienen intacta. ¿Cómo es que ambas cosas son compatibles? ¿Tenemos o no derecho a subir una maleta de mano a bordo del avión sin tener que pagar por ello? La respuesta más rápida es que no, pero el asunto está tan enmarañado que ni siquiera esta conclusión es taxativa.  

Sin ir más lejos, la Agència Catalana de Consum puso en marcha la semana pasada una campaña de concienciación para informar al ciudadano de sus derechos. Lo hacía tras anunciar que una veintena de aerolíneas acumulaban 700.000 euros en multas en los últimos tres años relacionadas con prácticas comerciales desleales y 4.700 reclamaciones por cancelaciones, retrasos y, también, por el cobro de un suplemento por subir la maleta a bordo.

“L’Agència considera que esta práctica es abusiva y que vulnera los derechos de los consumidores; mientras desde la Unión Europea no se regule esta cuestión y se establezcan criterios claros y comunes para todas las compañías, desde Consum se seguirá sancionando esta práctica”, aseguraba, entonces, el director de este organismo, Albert Melià. “Ten en cuenta que en vuelos internos (dentro del Estado español), la normativa prohíbe que te cobren un suplemento por subir la maleta de cabina al avión, por lo tanto, si te lo cobran, puedes reclamar”, apunta el texto de la campaña.

La entidad se escuda en la ley española de navegación aérea, que establece que una empresa transportista tiene que trasladarte tanto a ti como a tus pertenencias. El problema, según analiza la delegada de la OCU en Catalunya, Esther Lorente, es que esta norma no establece un tope. Lo único que sirve como referencia es una guía de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA, por sus siglas en inglés) que define ‘equipaje de mano’ como todo lo que esté dentro de los 55 centímetros de alto, los 35 de ancho y los 20 de profundo. Sin embargo, esto es una recomendación, no una obligación, así que cada aerolínea ha ido poniendo sus límites.

“No hay una ley, lo que hay es la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)”, sintetiza Lorente. Dicho de otro modo, al existir sentencias en contra de las aerolíneas, si una persona denunciara a la compañía por este recargo, probablemente ganaría el hipotético caso, pero poco puede hacer uno a las puertas de un embarque si lo que ha decidido la aerolínea es que hay que pagar por el equipaje de mano.

De hecho, desde la Asociación Líneas Aéreas (ALA) aseguran que sus prácticas están amparadas en el Regalmento Europeo 1008/2008 que les da libertad de fijación tarifaria. "Estas prácticas responden al principio de dar capacidad de elección a los consumidores, de forma que cada consumidor, en cada momento, pueda elegir lo que precise", argumentan desde la asociación, que piensa en aquellas personas que deciden viajar sin equipaje de mano y también en cuestiones operacionales: los aviones no tienen capacidad física para acoger todas las maletas pequeñas.

Falta de concreción

“Lo que hay es una falta de concreción en la regulación, que las compañías están aprovechando para satisfacer sus intereses”, diagnostica, por su parte, Melià. “Nosotros creemos que mientras no se concrete esta dimensión o peso mínimo, el equipaje de cabina no tendría que cobrarse. Si se cobra, lo consideramos abusivo, por lo menos en vuelos nacionales, porque la ley española dice lo que dice”, añade.

Ambos representantes de los derechos de los consumidores cuentan con que la cuestión está, efectivamente, encima de la mesa de la Comisión Europea, que tarde o temprano tendrá que pronunciarse al respecto porque, hoy en día, se dan situaciones como que de una capital europea a otra tienes que pagar por la maleta, pero de esa ciudad a una tercera, no.  

Mientras tanto, la recomendación de la delegada en Catalunya de la OCU es comprar el billete desde el ordenador (para que se vea la pantalla bien grande y se tenga acceso claro a cualquier información secundaria) y estudiar si sale más a cuenta facturar la maleta, una opción que normalmente incluye muchas otras ventajas. El director de la Agència Catalana de Consum suma, a eso, reclamar una vez terminado el viaje: “Es la única forma que tenemos de demostrar que esto preocupa a la gente”. Y, en definitiva, hacer presión.  

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