Resolución judicial

El Supremo condena a una abogada por engañar a la Associació d'Avis Bon Pastor con falsos recursos judiciales

El Alto Tribunal confirma una sentencia de la Audiencia de Barcelona que reprochaba a la letrada deslealtad profesional

CONTEXTO | Comienza el derribo de las últimas Casas Baratas del Bon Pastor con desalojos pendientes

Operarios inician los primeros trabajos para derribar las últimas Casas Baratas pendientes de demolición en el Bon Pastor, en Barcelona.

Operarios inician los primeros trabajos para derribar las últimas Casas Baratas pendientes de demolición en el Bon Pastor, en Barcelona. / FERRAN NADEU

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El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que condena a una letrada a indemnizar a la Associació d'Avis del Bon Pastor, y a una pena de un año de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, por el delito de deslealtad profesional. Ante esta resolución no puede interponerse recurso ordinario, por lo que así se cierra un largo proceso judicial que comenzó ya hace 18 años.

La Audiencia condenó en diciembre del 2022 a la mujer a pagar una multa de 3.650 euros y a un año de inhabilitación por ejercer de abogada. También la condenó a indemnizar a la la asociación con cerca de 10.000 euros. En el juicio se probó que la asociación pagó 3.950 euros a la abogada y 4.300 por las querellas.

En 2006, la entidad acordó interponer recursos y demandas al Ayuntamiento de Barcelona por estar en desacuerdo con el proyecto urbanístico que había presentado el consistorio de remodelación de las Casas Baratas, el sector más antiguo del Bon Pastor, con viviendas de 1929.

Por este motivo, contrataron a la abogada S.M.S., quien, aprovechándose del desconocimiento de los procesos legales de sus clientes, les hizo creer que tenían un recorrido mucho más largo en el tiempo de lo que era realmente. Así, S.M.S. estuvo cobrando a la Asociación Avis durante unos 12 años.

Cronología de la estafa

La estafa empezó a gestarse el 5 de julio de 2006, cuando la abogada presentó un recurso contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento por el proyecto de reparcelación de las Casas Baratas. Tras ser desestimado este recurso, S.M.S. presentó otros dos recursos en 2009, haciéndolo también en el Tribunal Constitucional, que directamente no fue admitido a trámite.

Pero la abogada, además de no informar a la asociación de estas resoluciones, hizo creer a los miembros de la asociación que, cuando hubiera una respuesta del Tribunal Constitucional, que ya había desestimado el recurso, se podría acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Ante las sospechas de que todo el proceso se estaba alargando demasiado, la asociación optó por pedir consejo a otros abogados.

"Con esta providencia del Tribunal Supremo, hemos conseguido recuperar la confianza en la Justicia de unas personas que la habían perdido por la actuación desleal de una abogada", explica Daniel Salvador, letrado del bufete Vosseler Advocats, que representa al colectivo del Bon Pastor. Salvador también destaca "la complejidad técnica" de una causa que se ha desarrollado durante casi dos décadas.