VEREDICTO
El jurado declara culpable a un matrimonio por un asesinato en Baró de Viver
El crimen de Eduardo Colmena en diciembre del 2018 sublevó a los vecinos del barrio barcelonés
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
Un jurado popular declaró este miércoles culpable por unanimidad a Pedro Santiago Muñoz y Olga Buendía, el matrimonio acusado de asesinar a un vecino en el barrio de Baró de Viver de Barcelona en diciembre de 2018, con el que mantenían disputas y que derivó en incidentes en el barrio y en el asalto e incendio de la vivienda de los acusados. El crimen de Eduardo Colmena sublevó a los vecinos. Los dos procesados, que se enfrentan a una pena de 27 años de cárcel, vivían en el barrio de Baró de Viver igual que Eduardo.
Los dos procesados vivían en el mismo barrio que la víctima. Entre ellos había una relación más que pésima. La disputa había provocado que la víctima presentara múltiples denuncias contra Pedro Santiago y otros miembros de su clan familiar por amenazas. El 22 de diciembre de 2018, sobre las 22 horas, los dos acusados, ambos en prisión provisional, esa amenaza se hizo realidad. Eduardo, a pesar del desafío, decidió salir de su domicilio a pasear y se dirigió hacia la plaza Baró de Viver. El matrimonio fue a su encuentro. Olga Santiago, según la acusación, llevaba el arma en un primer momento, pero después se la entregó a su marido, Pedro Santiago. Mientras esta se acercaba a su enemistado vecino, la mujer gritaba: “Mátalo”. El hombre le disparó hasta en tres ocasiones y le causó la muerte.
La legítima defensa
El veredicto del jurado, leído en la Audiencia de Barcelona, el jurado declaró por unanimidad de sus 9 miembros culpables a los dos acusados por los delitos de asesinato con alevosía y tenencia ilícita de armas. De esta manera, avaló la tesis expuesta por la fiscalía y la acusación particular, ejercida en nombre de la familia por el abogado Daniel Salvador, según la cual el matrimonio de "común acuerdo" se dirigió a la víctima con el ánimo de acabar con la vida de éste. Durante el juicio, Pedro Santiago esgrimió legítima defensa y declaró que la víctima le había amenazado con un arma.
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