REFORMA LEGISLATIVA

Los fiscales vetan la lista de los evasores a Hacienda

Advierten de que la publicación de los fallos atenta al derecho al honor

Consuelo Madrigal, fiscal del Estado

Consuelo Madrigal, fiscal del Estado

MARGARITA BATALLAS / MADRID

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El Consejo Fiscal, órgano asesor de la fiscalía general del Estado, no es partidario de publicar las sentencias de los condenados por fraude fiscal como propone el Gobierno de Mariano Rajoy porque esta medida no busca «resocializar» al delincuente y no se aplica a delitos más graves como las asesinatos, las violaciones o la pederastía.

Este órgano, al igual que el Consejo General del Poder Judicial, ha emitido este dictamen que es preceptivo, pero no vinculante sobre la reforma propuesta por el Gobierno del PP. Los fiscales no han sido tan complacientes como los jueces que avalaron en términos generales la iniciativa como elemento preventivo y educativo.

Los fiscales han puesto más peros tras concluir que esta medida es una forma de sanción que es inédita en la vía penal aunque se aplica en la civil cuando se publican las sentencias por injurias o calumnias «para reparar el daño causado al perjudicado». Por ello, afirman que la publicación de las sentencias de los defraudadores fiscales debe ser considerada como una pena añadida al castigo. Y sugieren al Gobierno que valore esta circunstancia, ya que puede «frustrar la reeducación y la reinserción social» que están protegidas por la Constitución.

OTRAS VÍAS

Por estos motivos, aconsejan al Ejecutivo que cancele el acceso a los datos de estas sentencias cuando los condenados hayan cancelado sus antecedentes penales. Además, los fiscales analizan los motivos de la reforma y discrepan que esta publicación sea el único medio para que las condenas por este delito «produzcan efectos» como es la prohibición de que los reos puedan participar en concursos públicos u obtener subvenciones.

Para lograr este fin, el Consejo Fiscal afirma que bastaría con que el fallo se notificara a «las administraciones implicadas» o que se exija que se acredite que se carece de antecedentes penales para acceder a este tipo de ayudas.

Asimismo, los fiscales sostienen que la publicación de estos fallos puede atentar al derecho al honor de los condenados. El Consejo fiscal señala que los ciudadanos pueden asistir a los juicios, pero no tienen acceso a las sentencias. Y es que el ministerio público subraya que no todas las personas que cometen este tipo de delito «tienen relevancia pública». Por ello, sugieren que se limite la publicación de estos fallos y se establezca un mecanismo para acceder a los datos y la forma de acceso.

Asimismo, los fiscales cuestionan que esta medida solo se aplique a este tipo de delitos y no alcance a «otros de mayor respuesta punitiva» como delitos contra la vida, la integridad física, la libertad sexual o contra la administración de justicia (prevaricación o cohecho).

LOS PLAZOS

Además, el Consejo Fiscal rechaza que esta reforma se pueda aplicar con carácter retroactivo. Y recomienda que solo empiece a funcionar con las sentencias que se dicten tras la aprobación de la ley. Por último, los fiscales sugieren al Gobierno que esta propuesta legislativa se incluya en el Código Penal y no en la Ley Orgánica del Poder Judicial.