REFORMA DE LA LEY CONCURSAL

Hacienda y Seguridad Social podrán asumir quitas de más del 50% para salvar empresas

El Gobierno asume una exigencia reiterada a España por los organismos internacionales

ROSA MARÍA SÁNCHEZ / MADRID

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Hacienda, Seguridad Social, comunidades autónomas y ayuntamientos podrán asumir quitas de más del 50% en sus deudas pendientes de cobro procedente de empresas en proceso concursal si ello contribuye a mantener su viabilidad.

Esta es una de las principales novedades del real decreto de reforma concursal que el Consejo de Ministros ha aprobado este viernes con el objetivo de "garantizar la supervivencia de empresas viables" con problemas en el pago de sus deudas y "evitar que se vean abocadas a su liquidación", según ha dicho la vicepresidente del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Liquidación

Según el ministro de Economía, Luis de Guindos, el decreto busca "una fórmula que no destruya empresas ni empleo y permita cobrar algo a los acreedores". El ministro ha dicho que en la actualidad el 95% de las empresas que entran en concurso se liquidan frente al porcentaje de entre el 70% y el 75% que rige en Europa.

En caso de liquidación, el decreto pretende "facilitar la venta del conjunto de la empresa y evitar el troceamiento que aboca a su desaparición", según De Guindos. Para ello, se constituye un portal telemático en el BOE con información sobre las empresas en liquidación para facilitar su enajenación.

Exigencia internacional

La nueva reforma da respuesta a la reiterada demanda del Fondo Monetario Internacional (FMI), la OCDE y la Comisión Europea, según ha admitido el ministro de Guindos. Estos organismos piden a España que Hacienda y Seguridad Social pierdan el carácter de acreedores privilegiados que les impide afrontar quitas en sus deudas pendientes de pago dentro de los convenios generales en los procesos concursales.

Según el decreto aprobado este viernes en el Consejo de Ministros, HaciendaSeguridad Social, autonomías y ayuntamientos podrán verse somtidos al convenio general y asumir quitas de más del 50% en sus deudas pendientes de cobro y esperas con un plazo de cinco años o más siempre que el 75% de estos acreedores públicos así lo acuerden.

Convenios singulares

Hasta ahora, los acreedores públicos podían suscribir convenios singulares para aligerar el peso de la deuda sobre las empresas en procesos concursales. Así, según datos del Ministerio de Hacienda, desde el 2006 se han asumido quitas por 74 millones de euros (32 de ellos, desde el 2012).  

La norma completa las medidas ya implantadas en marzo pasado para la fase preconcursal con el decreto de refinanciación y reestructuración de la deuda empresarial.