REVÉS JUDICIAL INESPERADO
El afectado que logró la reforma hipotecaria pierde su batalla legal
La Audiencia de BCN limita a una las cláusulas anuladas por abusivas
T.SUST / M.G. SAN NARCISO / J.G. ALBALAT / BARCELONA
Mohamed Aziz, el obrero marroquí expulsado de su casa de Martorell en el 2011, fue el origen de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que en marzo del 2013 dejó en evidencia la ley hipotecaria española. Pero su caso no se resolvió hasta meses después, cuando el juez de Barcelona José María Fernández Seijó, el mismo que impulsó la cuestión prejudicial ante el tribunal europeo con sede en Luxemburgo, declaró nulas por abusivas tres cláusulas del préstamo hipotecario. Ahora, la Audiencia de Barcelona, ha recortado de forma considerable este fallo y solo considera abusivos los intereses moratorios. Este caso no tiene por qué afectar a otros.
Con la sentencia dictada por la Audiencia de Barcelona, Aziz, que es el principal protagonista junto con su abogado. Dionisio Moreno, de la reforma de la legislación hipotecaría, al final ha conseguido bastante poco. Solo una rebaja de los intereses de demora. Pero no podrá recuperar, como pretendía, la vivienda donde vivía hasta que fue desahuciado. Para ello, necesitaba también que se confirmara la nulidad de una de las otras dos cláusulas que la Audiencia de Barcelona ha confirmado ahora como válidas. En concreto, la del vencimiento anticipado por un solo incumplimiento y la de la liquidez que permitía la determinación unilateral por parte del prestamista de la cantidad exigible. Con una de esas cláusulas cuestionadas se podría reclamar la anulación la ejecución del desahucio y reclamar la devolución de la vivienda. Por ahora, esta posibilidad queda aplazada.
Sin embargo, el abogado de Aziz, Dioniso Moreno, no se rinde y ayer aseguró a este diario que pretende presentar un recurso contra la nueva sentencia de la Audiencia de Barcelona, que ha admitido el recurso presentado por Catalunya Banc (antes Caixa d'Estalvis de Catalunya) contra la resolución del magistrado José María Fernández Seijo.
La sentencia de la audiencia señala que Aziz pudo cuestionar la comunicación que la entidad bancaria le cursó en varias ocasiones dando por vencido su préstamo, pero no lo hizo. Por consiguiente, según la resolución, la caja no tenía razón alguna para pensar que la resolución practicada fuera cuestionada por el obrero marroquí. El tribunal destaca que Aziz dejó impagadas las cuotas de los meses de junio, julio, agosto y septiembre del 2008 y no fue hasta el 28 de octubre del ese año cuando se certificó la deuda y se dio por resuelto el contrato. Tras ello, inciden los magistrados, continuó sin pagar las cuotas que le correspondían. En definitiva, que no se puso al día cuando podría haberlo hecho. «El impago de estas cuotas de Aziz sumaban el 1,1% de su hipoteca. En otros países europeos se espera al 5% o al 15% para proceder a la ejecución de la vivienda», afirmó la abogada de la PAH Verónica Dávalos. «No se tiene en cuenta sus circunstancias sobrevenidas. No pagó porque no quisiese, sino porque no podía», sentencia.
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