NUEVA NORMA
Tráfico prohibirá por decreto que los patinetes eléctricos vayan por aceras y les hará controles de alcoholemia
La DGT ultima una norma que además establecerá una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora para estos vehículos
La Dirección General de Tráfico trabaja en un real decreto para impedir que los patinetes eléctricos circulen por la acera y para establecer una velocidad máxima para ellos de 25 kilómetros por hora. El anuncio de la DGT se produce después de que este miércoles trascendiera la muerte de una anciana de 92 años tras ser atropellada por un patinete eléctrico en Esplugues de Llobregat.
Como ya avanzó EL PERIÓDICO, Tráfico trabaja en una normativa básica estatal que posteriormente podrán ampliar los ayuntamientos. La idea de la DGT es que los usuarios de estos patinetes no necesiten un permiso de conducción, al ser catalogados como vehículo de movilidad personal con propulsión eléctrica, pero sí que deban someterse a controles de alcoholemia y drogas, como los conductores de automóviles.
La prohibición de que los patinetes eléctricos y vehículos similares circulen por las aceras está muy en sintonía con la normativa que ya rige en la ciudad de Barcelona. De acuerdo con el reglamento de la capital catalana, estos ciclos tiene que ir por los carriles bici y solo los juguetes infantiles como las denominadas 'hoverboard' pueden hacerlo por las aceras.


En este sentido, estas indicaciones también van muy en consonancia con las diferentes categorías que prevé establecer la DGT y que en algunos casos obligarán a matricular ciertos patinetes eléctricos de mayor peso y dimensiones.
La DGT ya emitió una instrucción sobre "vehículos de movilidad personal" (VMP) en el 2016 en la que destacaba que no podían ser asimilados a los peatones ni ser considerados vehículos a motor.
Partiendo de esa base, se señalaba que los VMP pueden ubicarse físicamente "en la calzada, siempre que se trate de vías expresamente autorizadas por la autoridad local", pero dejaba en manos de los ayuntamientos autorizar su circulación por aceras, zonas peatonales, parques o habilitar carriles especiales con las prohibiciones que consideraran necesarias.
Al no ser vehículos a motor, añadía, no requieren de autorización administrativa para circular - "hasta que no se regule definitivamente, no cabe exigir al usuario la titularidad de permiso o licencia de conducción"- y tampoco un seguro obligatorio.
Reacción del Ayuntamiento de Barcelona
El Ayuntamiento de Barcelona ha urgido a la DGT a aprobar una norma estatal sobre estos vehículos antes de fin de año. "Barcelona ya tiene una normativa (desde julio del 2017) que prohíbe la circulación de vehículos de movilidad personal por la calzada, a más de 25 kilómetros por hora, a menores de 16 años o sin casco, pero hace falta un paraguas estatal", ha señalado la concejala de Movilitat, Mercedes Vidal.
"No son juguetes", ha subrayado Vidal, antes de anunciar que durante esta campaña de Navidad la Guardia Urbana informará de esta normativa municipal, en especial de las limitaciones de velocidad que establece, a los comercios que venden estos vehículos.
Asimismo, la concejala ha explicado que la Guardia Urbana ha impuesto, desde enero hasta octubre, cerca de 1.500 multas a vehículos de movilidad personal de uso privado y 1.300 a los de uso comercial, la mayoría porque sus usuarios circulaban por la acera, no llevaban casco y realizaban maniobras arriesgadas.
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