Baleares
El fiscal pide rebajar la condena a una manada de violadores de Palma por el ‘solo sí es sí’
El ministerio público sostiene que la pena de 13,5 años de cárcel impuesta a cada uno de los dos procesados debe quedar en 11 años por la nueva ley - Las defensas reclaman la absolución
La Fiscalía solicita que se rebaje la condena a dos jóvenes que violaron por turnos a una chica en Palma al considerar que la
ley del ‘solo sí es sí’ es más beneficiosa para ellos. Los procesados fueron sentenciados por la Audiencia Provincial a 13,5 años de prisión cada uno por un delito continuado de violación con la atenuante de dilaciones indebidas. Ante la próxima revisión del caso por el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), el ministerio público considera que en aplicación de la nueva legislación las condenas deben quedar fijadas en 11 años, el mínimo legal previsto. Las defensas, por su parte, insisten en reclamar la absolución. La sala de lo civil y penal estudiará los recursos en las próximas semanas.
La sección segunda de la Audiencia Provincial consideró probado que los dos acusados, "al menos junto a otra persona más" que no pudo ser identificada, salieron de una discoteca del Paseo Marítimo en la madrugada del 18 de junio de 2016 y se ofrecieron a llevar a casa en su coche a dos chicas a las que acaban de conocer. El conductor, sin embargo, se dirigió a un descampado de la zona de Génova. Allí los tres hombres se apearon, le dijeron a una de las mujeres que se sentara en el asiento del conductor y se desnudara. Luego la penetraron uno tras otro.
Según la sentencia, la víctima "no opuso resistencia activa por el estado de temor que había ido haciéndose cada vez más importante desde que advirtió que por la dirección en la que circulaban no tenían intención de acercarlas a sus casas". Además, la otra joven había caído desplomada por el consumo de alcohol en cuanto entró en el vehículo. "Tenía que proteger también a su amiga y, por todo ello, junto con el miedo a que si oponía podía pasarle algo peor, mantuvo una actitud pasiva", detalló el fallo.
Los abogados defensores recurrieron la sentencia, dictada a finales de 2021, ante el TSJB. En sus alegaciones, insisten en solicitar la absolución de los dos jóvenes al entender que el relato de la víctima no es suficiente para declararles culpables. Como alternativa, reclaman que la atenuante de dilaciones indebidas se aplique como muy cualificada y que las penas sean rebajadas en aplicación de la ley del ‘solo sí es sí’.
El fiscal, en un escrito
al que ha tenido acceso Diario de Mallorca
, de Prensa Ibérica, rechaza todos los argumentos de las defensas excepto el de la reducción de condena por la nueva legislación. Sostiene que con los tipos penales vigentes tras la reforma, los hechos serían constitutivos de un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal por vía vaginal con la atenuante ordinaria de dilaciones indebidas, agravado por la actuación conjunta de dos o más personas.
A juicio de la Fiscalía, la horquilla penal queda ahora fijada entre los 11 y los 13 años de cárcel. El ministerio público recuerda que la sentencia de la Audiencia Provincial consideró adecuado imponer en su momento la condena mínima prevista. Siguiendo esta argumentación, entiende la Fiscalía que la nueva condena debe quedar establecida en 11 años de prisión para cada acusado.
El TSJB celebrará a principios de junio una vista para que las partes defiendan sus conclusiones y estudiar los recursos.
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