Proceso judicial
Indemnización por un tardío diagnóstico que causó la muerte de un paciente
Pedro Raja ingresó por un dolor abdominal en un hospital de Berga y no le hicieron las pruebas necesarias hasta que fue trasladado a uno de Manresa, donde todavía esperaron 13 horas para operarle
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
“Falta de la diligencia debida” y de pericia en un hospital de Berga y en otro de Manresa donde ingresó Pedro Raja Fernández por un dolor abdominal. Un primer diagnóstico incorrecto y una tardanza en el tratamiento y en la operación que se le practicó le provocó la muerte, según la demanda de la familia del fallecido. La aseguradora de estos centros sanitarios, Sham, ha aceptado pagar una indemnización de 150.000 euros a los parientes próximos para evitar ir a juicio. Un juez de Barcelona ha dado el visto bueno a este acuerdo.
Raja, de 61 años, ingresó en el Hospital Sant Bernabé de Berga el 21 de septiembre de 2018. Desde hacía dos días tenía dolor abdominal tras una hipotensión (presión más baja de lo normal) con ocasión de hacer hemodiálisis, según la demanda firmada por el abogado José Aznar Cortijo, del despacho Verdún Legal. El paciente se fue recuperando poco a poco y al cabo de 24 horas le dieron el alta, recentándole antibióticos. Pero el 24 de septiembre, volvió el dolor e ingresó en el mismo centro sanitario, apareciendo signos de gravedad, derivándole al Hospital Sant Joan de Déu de Manresa.
En este último hospital, el 25 de septiembre por la noche, los médicos practicaron a Raja un tac y una analítica, donde constataron la “agravación del paciente”. El dolor continuó aumentando, hasta niveles que obligó a darle morfina. Aun así, no mejoró. La exploración y los síntomas que padecía indicaron la necesidad de operarle. El paciente, según la demanda, entró en el quirófano en mal estado general. Al intervenirle, el cirujano comprobó el colon isquémico (reducción de la circulación de la sangre) y perforado, por lo que procedió al cierre de la cavidad abdominal. Eran las 17.34 horas del 26 de septiembre cuando se informó a la familia el estado de “extrema gravedad” del enfermo, que falleció al cabo algo más de una hora.
A casa y vuelta al hospital
El abogado expone en la demanda que “la asistencia fue tardía”, pues el diagnóstico que se le dio en su primer ingreso en Berga (tiflitis isquémica) “no era correcto”, ya que se estaba produciendo una infección bacteriana. Enviar a Raja a su domicilio con antibióticos era, concreta el escrito, “claramente insuficiente”, pues impedía controlar la evolución de la dolencia. No se le realizaron las pruebas necesarias hasta su reingreso y su traslado al Hospital de Manresa. Esta "actividad de espera no se justificaba ante las necesidades quirúrgicas del paciente”, incide. Las pruebas deberían haberse hecho de "urgencia" para poder efectuar un “tratamiento inmediato”.
Cuando se decidió operarle, el 26 de septiembre, la evolución del paciente iba a peor y llegó a la mesa del quirófano “en situación muy complicada para la supervivencia” por la progresión de la isquemia intestinal “no tratada adecuadamente”, recalca la demanda. Al constarse el desarrollo de la dolencia y cuando la misma se "objetiva" a través de un TAC, se tardó todavía unas 13 horas en intervenirle. Durante ese periodo, la perforación intestinal y la peritonitis derivada de la misma fue "progresando”, lo que provocó a Raja un "shock séptico" y su fallecimiento, detalla la demanda. "La asistencia debía haber procurado la curación del paciente, en lugar del fallecimiento del mismo y que afecta por dolor a toda la familia", concluye la demanda.
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