Decisión judicial
¿Por qué el TSJC requiere directamente a la escuela de Canet de Mar que cumpla el 25% del castellano?
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) requirió solo a la dirección de la escuela de Canet de Mar a que adoptase "las disposiciones pedagógicas oportunas" para hacer efectiva que el 25% de las horas lectivas se hagan en castellano, no incluyendo en esta labor a la Generalitat, que es la parte demandada. Los magistrados argumentan en su resolución que toman esa decisión "a fin de evitar mayores dilaciones en la adopción de las medidas cautelares" sobre la presencia vehicular del castellano en las clases de dicho centro escolar "en proporción razonable". Fuentes del alto tribunal precisaron que en los pelitos contenciosos-administrativos se da respuesta a la petición de los demandantes, en este caso los padres del menor de P5.
Sin embargo, la adopción de las medidas necesarias para preservar la identidad y la intimidad de los padres del alumno y de este mismo, el TSJC atribuye esa obligación tanto a la Generalitat, como a la escuela de Canet de Mar. Esta orden se repite en el mismo sentido en la providencia conocida este viernes y en la que se recordaba a la dirección del centro como a la Administración catalana que se debía preservar la protección del menor y de sus padres, así como "la normal convivencia y el pacífico despliegue del entorno educativo".
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