POLÉMICA SENTENCIA
La fiscalía recurrirá la sentencia de 'La Manada' de Manresa
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La Fiscalía de Barcelona ha anunciado este miércoles que recurrirá la sentencia por la que la Audiencia de Barcelona condenó a penas de 10 y 12 años de cárcel a cinco de los acusados de la violación en grupo sufrida por una menor en Manresa en el 2016. La polémica que acompaña esta resolución, como ocurrió con la de 'La Manada' de los Sanfermines, se debe a que el delito que el tribunal declara cometido es el de abuso sexual y no el de agresión. es decir violación. Los magistrados justifican su criterio en que como la víctima estaba inconsciente los acusados "pudieron realizar los actos sexuales sin utilizar ningún tipo de violencia o intimidación".
La fiscalía repite en este caso la actuación que realizó con 'La Manada' de Pamplona, en que también recurrió la sentencia y fue el Tribunal Supremo quien rectificío, elevando al pena impuesta a los cinco procesados. En este caso, los jovenes sevillanos que violaron a una joven madrileña en Pamplona durante los Sanfermines del 2016 vieron como el alto tribunal aumentaba de nueve a 15 años de cárcel la pena inicialmente impuesta por la Audiencia de Navarra. El Supremo sostenía en su nueva resolución que los condenados «buscaron expresamente la situación, sin que la víctima tuviera conocimiento alguno» de lo que iba a suceder y aprovechándose de que estaba sola y no encontraba a sus amigos. La víctima quedó «totalmente anulada» para defenderse y los reos actuaron con «pleno convencimiento».
Intimidación ambiental
Esa intimidación ambiental argumentada por el Supremo es lo que guió el cambio de planteamiento de al fiscalía de Barcelona en el juicio que se celebró en la capital catalana contra los jóvenes acusados del ataque sexual de Manresa. La fiscala Elena contreras definió en su informe final ese clima: Su temprana edad, 14 años, “su complexión menuda”, las casetas de una antigua fábrica abandonada donde denuncia que la violaron, la ingesta de alcohol y drogas que “hacía que tuviera nublados tanto el entendimiento como la voluntad y su capacidad de reacción”, la “superioridad numérica” de sus agresores, todos ellos adultos y de mayor complexión, y una “actuación criminal orquestada, sucesiva y grupal”. Este cambio de criterio comportó que la acusación pública reclamase para ellos por agresión sexual (violación) 14 y 15 de prisión (antes 10 y 12 años). Sin embargo, la Audiencia de Barcelona no atendió esos argumentos y condenó solo por abuso y no por agresión.
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