PEDERASTIA EN LA ESCUELA
El Supremo confirma los 30 años de prisión para un maestro por abusar de seis niñas en el Montseny
El tribunal también ratifica la libertad vigilada durante 7 años desde el momento que salga de la cárcel
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Barcelona que condenó a 30 años de prisión, 30 años de prisión con un límite máximo de cumplimiento de 15 años, un profesor de Primaria por haber cometido abusos sexuales a seis niñas de entre seis y ocho años de las escuelas de Campins y de Puig Drau, del Montseny.
En la sentencia, el tribunal también ha condenado el profesor, Jordi Alonso Callejo, a una pena de libertad vigilada durante siete años desde el momento que salga de la cárcel, a indemnizar con 10.000 euros cada una de las menores a través de sus representantes legales y lo inhabilita para ejercer como profesor durante 10 años más.
Los hechos se remontan a febrero del 2013, cuando una de las víctimas alertó a su madre de los abusos. Durante una exploración en el hospital de Can Ruti de Badalona para comprobar que lo que decía la niña era verdad, salieron los nombres de otros posibles víctimas. Así, las familias de las víctimas denunciaron los hechos en julio y el juez imputó el maestro después de tomarle declaración.
TOCAMIENTOS
La Conselleria de Educació acordó apartarlo de sus funciones docents.El Supremo concluye, como la Audiencia, que el acusado cometió seis delitos continuados de abuso sexual durante los cursos 2011 y 2013. Así, los magistrados dan validez al relato de las víctimas y en la sentencia consideran probado que el maestro hizo tocamientos a las niñas en la zona genital y las invitaba a sentarse en su regazo durante las actividades de lectura o de juegos, cuando la actividad entre el profesor y la alumna era más pròxima.
Los magistrados apuntan a que cinco de las alumnas tuvo que cambiar de escuela, tuvieron que someterse a sesiones psicológicas y que, al tener que cambiar de escuela, modificaron su proyecto de vida, ya que algunas cambiaron incluso de domicilio. "Los hechos son graves, las edades cortas y, aunque no se aprecian secuelas psicológicas, los peritos no descartan su posible influencia en su desarrollo sexual futuro", señalaba en la sentencia inicial.
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