TRIBUNALES
Un galimatías procesal deja libres a tres condenados por asesinato
Dos prostitutas y un amigo suyo, todos ellos de nacionalidad ucraniana y condenados a 17 años y seis meses de prisión por el asesinato del empresario andorrano Joan Casals, están en libertad. El magistrado de la Audiencia de Barcelona Javier Arzúa Arrugaeta, que presidió el juicio con jurado, se ha visto obligado a dejarlos libres porque se ha rebasado el plazo legal de prisión provisional, según indica en el auto. La anulación de una primera sentencia y, a la vez, de un auto de prórroga de prisión, así como el redactado de un nuevo fallo condenatorio han marcado el proceso, que se ha convertido en un galimatías procesal.
En mayo del 2007, un jurado popular declaró culpables de asesinato a las prostitutas ucranianas Tetyana Kravtsova y Olena Pyanykh. El 10 de febrero del 2004, estas mujeres, ayudadas por su amigo Oleksandr Legkobyt, mataron a martillazos en un apartamento de Granollers (Vallès Oriental) a Joan Casals, quien solía contratar sus servicios. El magistrado dictó sentencia el 14 de junio del 2007 y condenó a los tres acusados a 17 años y medio de prisión. La sentencia fue recurrida y llegó al Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) que, en noviembre, la anuló y ordenó que se rehiciera el fallo condenatorio al estimar que no quedaba determinada la existencia de la prueba de cargo.
NUEVA SENTENCIA
En concreto, el alto tribunal catalán exigió la devolución del procedimiento para que el magistrado presidente complementase "las razones de convección" expuestas por el tribunal de jurado en el veredicto. La nueva sentencia no fue dictada hasta el pasado 14 de enero y dos días después, la defensa de Tetyana K. reclamó la inmediata puesta en libertad de la prostituta ucraniana, alegando que el 19 julio del 2007 se le había prorrogado la situación de prisión provisional hasta la mitad de la pena impuesta en base a una sentencia declarada nula. Es decir, que si la primera sentencia quedaba en papel mojado y no tenía efecto condenatorio, tampoco debía tenerse en cuenta el auto por el que se ampliaba la medida de prisión.
El juez de la Audiencia de Barcelona que se ha encargado del proceso aceptó ayer la tesis planteada por el abogado defensor y acordó la libertad sin fianza de los tres ciudadanos ucranianos. En el auto, destaca que si bien el TSJC no discute el sentido condenatorio de la sentencia anulada, sin perjuicio de que se proceda a la más amplia fundamentación de la misma, no queda lugar a dudas que la resolución se anula en su totalidad y, por lo tanto, se debe dictar una nueva. En opinion del magistrado, esa nulidad es extensible a la prórroga de la prisión provisional, pues la ampliación de esta medida se deriva de la pena impuesta en la resolución que ha sido invalidada.
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