Tráfico de drogas y blanqueo
El Tribunal Supremo confirma 16 años de prisión para 'la Reina de la coca'
Rechaza los recursos presentados por Ana María Cameno y otros miembros de su organización por tráfico de drogas y blanqueo de capitales
Deberá hacer frente a una multa de 21,2 millones de euros
![Ana María Cameno, 'la reina de la coca', en el juicio de 'Los Miami' en la Audiencia Nacional.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/1ccd73cb-2e65-455a-be8c-b61045d53d3f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Ana María Cameno, 'la reina de la coca', en el juicio de 'Los Miami' en la Audiencia Nacional. / CAPTURA AUDIENCIA NACIONAL
El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 16 años de prisión que la Audiencia Nacional impuso en septiembre de 2022 a Ana María Cameno, conocida como 'la Reina de la coca', como líder de una red de narcotráfico que en 2014 vendió más de 100 kilos de esta sustancia por unos 15 millones de euros que fueron blanqueados a través de transferencias a Panamá.
Los magistrados han desestimado los argumentos de las defensas que recurrieron la sentencia de 2022 al entender que hay pruebas suficientes que acreditan la existencia de una organización criminal en la que Cameno actuaba como directora u organizadora. Además de condenar a Cameno, también han ratificado las penas impuestas de entre 4 y 9 años de prisión a otros 11 integrantes de la organización criminal liderada por 'la Reina de la coca'.
En su resolución, dada a conocer este martes, el alto tribunal rechaza los alegatos de ausencia de prueba de cargo invocados por los recurrentes y señala que concurre una relevante prueba de cargo que acredita la existencia de una organización criminal en la que Cameno actuaba como directora u organizadora.
Según la Sala, los hechos probados describen la participación de cada uno de los condenados dentro de esa organización, con estabilidad y reparto de tareas al servicio del delito. “Todo ello orientado a la consecución de la actividad delictiva del tráfico de drogas y que luego se deriva al blanqueo de capitales, como resultado de la extensa actividad de investigación policial reflejada con sumo detalle explicativo en la sentencia con las notas que se han referido en cada caso respecto a cuál fue la concreta diligencia de investigación policial reflejada y llevada al juicio oral como prueba en casa caso”, subrayan los magistrados.
Activos sin trabajar
Pese a que Cameno no ha podido acreditar ante la justicia la realización de "actividad lícita alguna", la investigación acreditó una importante cantidad de activos como inmuebles -propios a su nombre o al de sociedades, y también alquilados), además de vehículos. Igualmente, se acreditó que manejaba relevantes cantidades de dinero en efectivo.
Añade que con su intermediación se han llevado a cabo operaciones de lavado de dinero y que no existe, como plantea la recurrente una condena “por conjeturas”, “sino en el reflejo constatado en la sentencia de pruebas sólidas del destino al tráfico de drogas de la recurrente, lo que es una realidad incuestionable y conforma la exigencia de la actividad delictiva previa y la utilización de esos fondos económicos obtenidos para ser lavados en el tráfico económico, utilizando para ellos a profesionales y a estructuras societarias para conseguir el blanqueo de estos capitales de ilícita procedencia”.
También se considera probado por el Supremo que 'la Reina de la Coca' adoptaba medidas de seguridad extremas, evitando en lo posible las comunicaciones telefónicas, valiéndose de terceras personas y realizando encuentros personales en el interior de los distintos vehículos de los que era usuaria y en otros lugares.
Para el transporte de la cocaína, Cameno hacía uso de distintos vehículos, siempre a nombre de terceros, que habían sido manipulados para alojar en una "caleta" oculta, la sustancia estupefaciente. Estos vehículos eran conducidos por otros miembros o colaboradores de su organización criminal, a quienes Cameno daba instrucciones para recoger la droga y entregarla a los compradores.
Posteriormente, consta probado que, para la reintegración de los fondos y ganancias obtenidas en la anteriormente descrita actividad del narcotráfico en la economía legal, Cameno contactaba con otras personas que han sido también condenadas por haber intervenido en operaciones de blanqueo del dinero obtenido por el narcotráfico.
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