Nueva investigación
Pedraz admite la querella de Podemos para determinar si la policía política del PP investigó a sus líderes
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Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha admitido a trámite la querella presentada por Podemos contra el que fuera secretario de Estado de Seguridad durante el Gobierno de Mariano Rajoy, Francisco Martínez, el exdirector Adjunto Operativo (DAO) Eugenio Pino y cuatro algos cargos policiales por haber presuntamente realizado investigaciones prospectivas y ajenas a control judicial sobre personas que formaban parte del partido.
En un auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 admite la querella de Podemos, aunque rechaza investigar al exministro del Interior Jorge Fernández Díaz, al exdirector general de la Policía Ignacio Cosidó y a otros responsables policiales al entender que no hay indicios suficientes para poder incluirlos en la investigación que ahora comienza. Serán imputados si en algún momento aparecen datos de su participación. Los que sí lo están son José Ángel Fuentes Gago, Andrés Gómez Gordo, Germán Rodríguez Castiñeira y Enrique García Castaño, aunque este último quedó fuera del casto Tándem, en el que se investigan las cloacas policiales, por su delicado estado de salud.
Con la querella se investigarán los delitos de organización criminal, apoderamiento y revelación de secretos, prevaricación administrativa y falsedad documental. También fue presentada por malversación y delito contra las instituciones del Estado, si bien el magistrado rechaza ambos, al entender que ninguno pudo haberse cometido según los hechos relatados por Podemos en su escrito, así como algunos de los hechos denunciados, como el llamado caso Titiriteros, en el que artistas próximos a Ahora Madrid fueron detenidos por enaltecimiento del terrorismo en sus actuaciones con guiñoles.
El partido señalaba que los querellados, bajo el liderazgo del Francisco Martínez, que a su vez daba cuenta a Jorge Fernández Díaz, que como ministro tenía capacidad de decisión, se aprovecharon de su condición de autoridad pública y contaron con la colaboración de agentes policiales para “realizar investigaciones prospectivas y ajenas a cualquier interés policial", sin "control judicial o del fiscal sobre las personas que conformaban la organización política Podemos”.
El objetivo principal, según esta formación, era su posterior filtración a los medios de comunicación bajo el marchamo de fiabilidad de las “fuentes policiales” para desprestigiar ante la opinión pública al partido, así como para atentar contra la indemnidad de sus diputados y restantes cargos públicos.
Informe PISA
Este modo de operar, indica la querella, se concretó en ocho actuaciones, como la investigación al líder del partido Pablo Iglesias en el informe PISA, la filtración de un documento “falsario” de una cuenta a su nombre en el Euro Pacific Bank Limited o la manipulación de documentos o registros policiales internos para otorgar apariencia de legalidad a la actuación de los querellados.
En su auto, Pedraz explica que la querella ha de ser admitida una vez que ha comprobado que algunos de los hechos serían efectivamente competencia de la Audiencia Nacional y constitutivos de infracción penal. Aunque de su relato no aparece afirmada y sustentada indiciariamente que todos los querellados participaran en sus actuaciones con la finalidad criminal que se imputa.
Así deja fuera a Fernández Díaz, Cosidó, Bonifacio Díez Sevillano, José Manuel García Catalán, Manuel Vázquez López y Mariano Hervás, al no apreciar indicios de que intervinieran en la investigación de hechos relativos a diputados con la finalidad delictiva atribuida en la querella sin cumplir las normas legales exigidas.
“Debe señalarse que ni del ministro Jorge Fernández Diaz ni de Cosidó se relata más que una suposición de que por los cargos que ostentaban deberían conocer y autorizar los hechos. Dicha imputación es insuficiente para admitir la querella contra los mismos. Del director general se dice que habría filtrado una información a la prensa, lo cual es una afirmación que no permite sustentar la imputación de haber participado o consentido investigaciones contra miembros del Parlamento”, afirma el magistrado.
Pedraz rechaza las declaraciones testificales de periodistas solicitada por Podemos porque se refieren a sus fuentes de información y no estar "obligados a declarar los profesionales del periodismo sobre las mismas”. Tampoco aparece en el relato de hechos que los medios participaran en la difusión de noticias falsas a sabiendas de que lo eran, por lo que su actividad está amparada por el secreto profesional y por el artículo 20 de la Constitución que reconoce el derecho a la información.
Sí admite el juez practicar otras, como solicitar al Juzgado Central de Instrucción 6 información que obra en el caso Tándem, en la que se investigan las cloacas policiales, en el que el principal imputado es José Manuel Villarejo. Entre ellas están las relativas al examen del contenido de los mensajes que hubiera en el móvil de Francisco Martínez.
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