Investigación
El juez rechaza la apelación de Juan Carlos I a su sentencia contraria a la inmunidad
La decisión del juez británico obliga al monarca emérito a hacer un pago cautelar de 271.000 euros y advierte de que no va a permitir dilaciones en el procedimiento
ESPECIAL MULTIMEDIA | Los pleitos de Juan Carlos I: una década bajo el foco judicial
Ernesto Ekaizer
Escritor y periodista.
Los expertos de la defensa de Juan Carlos I y de los abogados de su examante Corinna zu Sayn-Wittgenstein presentaron ayer al juez Matthew Nicklin, en la división civil del Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales, una propuesta conjunta de pago de costas de 230.000 libras esterlinas (unos 271.000 euros) por el procedimiento sobre la inmunidad-inviolabilidad del rey emérito, quien al perder la batalla deberá abonar esa cantidad para cubrir una parte de los gastos de su examante. Se prevé el pago para el mes de mayo.
Fuentes jurídicas consultadas dijeron que se trata de un 'interim payment', un pago intermedio. “Podríamos decir que se trata de un primer bocado” señaló a este diario Josep Gálvez, letrado en Del Canto Chambers, en Londres, y socio director de la firma Gálvez Pascual (Barcelona).
“Se trata de un pago a cuenta de las costas finales del juicio. Vamos, unas costas adelantadas por haber perdido la primera fase del procedimiento sobre la inmunidad”, señaló.
Inviolabilidad denegada
En la audiencia convocada ayer, el juez Nicklin rechazó autorizar a la defensa de Juan Carlos I para presentar un recurso de apelación contra su sentencia del jueves 24 de marzo, en la cual denegó la inmunidad-inviolabilidad solicitada para el emérito con el objetivo de hacer decaer la demanda de Corinna por presuntos actos de acoso, seguimiento ilegal de agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) a las órdenes del general Félix Sanz Roldán.
Ese recurso planteado contra el mismo juez equivale a una súplica o a un recurso de reposición en España. La defensa puede ahora acudir a la Corte de Apelación, división civil, del alto tribunal. Pero también allí tiene que obtener la autorización previa una vez que los jueces estudien el recurso. Si tiene posibilidades de éxito, se suele dar el permiso, pero se deniega cuando carece de bases sólidas por economía procesal.
Ese mismo concepto fue utilizado ayer por el juez Nicklin para rechazar la autorización que le pedía la defensa en orden a presentar un recurso en su propia jurisdicción del pleito. Aunque dijo que puede ir a la Corte de Apelaciones, advirtió que no permitirá dilaciones indebidas en el procedimiento.
Cuestiones pendientes
Señaló que como hay otras cuestiones previas pendientes -presunta notificación defectuosa de la demanda a Juan Carlos I, encaje del acoso en la ley británica de 1997 y cuestionamiento del foro legal inglés como el más apropiado- urgió a presentar todos los argumentos en la apelación. Señaló que si se va a la Corte de Apelaciones por cada uno de los asuntos por separado ello supondría una paralización sine die del procedimiento.
Fuentes jurídicas señalaron que el juez Nicklin ha subrayado implícitamente que la estrategia de la defensa es ganar tiempo y empantanar el caso. Y que no está dispuesto a convalidarlo.
Sin embargo, ha señalado que en junio el recurso contra su sentencia debería estar ya encaminado y ha pedido que en el caso de que en la Corte de Apelaciones se pueda encontrar una demora se le de cuenta de ello.
El rol de Sanz Roldán
Uno de los nombres más citados en la audiencia de ayer fue el del general Sanz Roldán. El juez preguntó en que condición había actuado en relación con la casa y oficina de Corinna en Mónaco, donde presuntamente una empresa de seguridad contratada por el CNI, Algiz, controlaba a la examante y habría perpetrado robo de documentos. Pero el abogado Daniel Bethlehem, que defiende a Juan Carlos I, dijo que no podía contestar a esa pregunta. Sin embargo, en las audiencias de los pasados 6 y 7 de diciembre, y en su escrito de inmunidad, sostuvo que Sanz Roldán había actuado en su condición de servidor público y que, por ello mismo, el Estado español no le permitiría prestar declaración en este procedimiento.
Por su parte, en línea con las sugerencias hechas por el juez en su sentencia del 24 de marzo, los abogados de Corinna han anunciado este martes que van a introducir una serie de modificaciones en su escrito de demanda en relación con el general Sanz Roldán y a otros asuntos nuevos. El general, sostienen ahora, ha actuado en su condición personal.
En realidad, los abogados de Corinna estiman que es indiferente porque el Estado español (el Gobierno) nunca va a admitir que autorizó a los agentes del CNI o a Sanz Roldán a acometer actos ilegales en el Reino Unido o Mónaco.
Iberdrola y Villarejo
Sanz Roldán es desde julio de 2020 miembro del consejo internacional de la firma eléctrica Iberdrola y miembro de un panel internacional que asesora al presidente, Ignacio Sánchez Galán.
La imputación de este último en el 'caso Villarejo' tuvo un gran impacto, según el presidente de Iberdrola, porque el regulador del estado de Nuevo México (EEUU) rechazó en diciembre de 2021 por unanimidad la propuesta de Avangrid, filial estadounidense de Iberdrola, de hacerse con PNM Resources, en una operación de unos 8.300 millones de dólares (6.900 millones de euros), la mayor que iba a realizar la eléctrica en Estados Unidos.
Uno de los motivos invocados ha sido el “daño reputacional” que suponía imputación del presidente de Iberdrola en el 'caso Villarejo' por espionaje de la competencia.
La versión que falta
La situación de Sanz Roldán en el procedimiento de Londres llueve sobre mojado. Ya en 2021, la Audiencia de Madrid absolvió al excomisario José Villarejo en una denuncia penal impulsada por Sanz Roldán contra Villarejo a través de la Abogacía del Estado y la Fiscalía de Madrid sobre sus presuntas amenazas a Corinna.
Al anteponer la cuestión de la inmunidad, los abogados de Juan Carlos I no han presentado su escrito de defensa todavía y no lo harán hasta definir su recurso ante la Corte de Apelaciones. Aunque han sostenido que Juan Carlos I rechaza haber cometido los actos ilegales que se le imputa en la demanda, no han ofrecido su versión de los acontecimientos.
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