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La Audiencia deja en el limbo que el Palau perciba los 6,6 millones desviados de CDC
Las fincas embargadas a Convergència serán para sus acreedores, no para la institución cultural
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
Las fincas embargadas a CDC para que devuelva 6,6 millones de euros al Palau de la Música por el expolio serán para los acreedores de la extinta formación, según ha resuelto el Tribunal Supremo, por lo que la Audiencia de Barcelona no tendrá que decidir si PDeCAT o JxCAT asumen esa deuda como sucesores. La decisión recaerá sobre el juzgado mercantil que está tramitando el concurso de acreedores de Convergència. La entidad cultural puede reclamar esa cantidad en este órgano judicial
En un auto, la sección décima de la Audiencia de Barcelona recuerda que el Supremo acordó que la competencia para resolver sobre los herederos de la antigua Convergència recaía en el Juzgado Mercantil 9 de Barcelona, donde esta formación presentó en marzo del 2020 concurso voluntario de acreedores, por lo que descarta decidir sobre si algún partido es el sucesor de CDC. De esta manera, las fincas embargadas por el 'caso Palau' pasan a formar parte de la masa de acreedores.
La sentencia por el saqueo del Palau de la Música, perpetrado por sus exresponsables Fèlix Millet y Jordi Montull, ordenó el decomiso de esos 6,6 millones de euros a CDC y condenó a su extesorero Daniel Osàcar por el cobro de comisiones ilegales de la constructora Ferrovial a través del Palau de la Música, en una sentencia que el Tribunal Supremo confirmó en abril del año pasado. Un mes después, La Audiencia de Barcelona inició la ejecución de la sentencia, elevando a definitivos los embargos preventivos de las 15 sedes de CDC, a la vez que acordó que esas cantidades se destinarían al pago de las indemnizaciones al Palau de la Música.
La ejecución de la sentencia penal transcurrió en paralelo con el procedimiento abierto en el juzgado mercantil que tramita el concurso de acreedores. Con la Audiencia se disputaban el destino de las sedes que se embargaron a CDC por el 'caso Palau'. Hasta que, al final, el Supremo resolvió que esos bienes se integraban en la masa concursal para pagar a los acreedores de Convergència. A pesar de ello, el valor de los locales, de unos 3,6 millones, no cubren los 6,6 de decomiso. Ahí es donde cabría la posibilidad de reclamar bienes al PDeCat o JxCAT siempre que se acredite que es sucesor de CDC.
Nueva reclamación
Una vez cerrada la puerta de la Audiencia de Barcelona, el Palau de la Música podría ahora reclamar la deuda a CDC a través, precisamente, del concurso de acreedores e, incluso, plantear que el PDeCAT se haga cargo de los pagos como sucesoras del partido. Sin embargo, la posibilidad de recuperar esos 6,6 millones por esta vía, según fuentes jurídicas, es complicado.
El mismo auto de la Audiencia que reconoce que no es competente para declarar la sucesión de la extinta formación sostiene que el Palau, que ostenta un crédito en la masa de acreedores, "tiene por tanto facultades para personarse, sino lo ha hecho ya", ante el juzgado mercantil. Es decir, se pondría en la lista de personas a quien se les debe dinero. El tribunal precisa también su resolución que los documentos aportados por el Palau apuntando PDeCAt o JxCat no son "suficientes", como tampoco lo es "acreditar una identidad política o ideológica" para declarar una sucesión, pues es necesario que esta sea, además, funcional y económica.
En este sentido, la resolución subraya que no se ha demostrado que esos dos partidos políticos "sucesores ideológicos" de CDC hayan recibido bienes o ganancias procedentes del saqueo del Palau de la Música "a título gratuito" o por valor inferior al de mercado por parte de Convergència, "por lo que no puede obligarse a los mismos a responder con sus bienes de pagos de una suma a la que no fueron condenados como responsables criminalmente de un delito".
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