Tribunales

El Poder Judicial rechaza el informe que avalaba la ley de vivienda

El pleno del órgano de gobierno de los jueces, muy dividido, cambia al ponente y estudiará un nuevo documento a final de mes

El nuevo informe advertirá de que se olvidan las competencias autonómicas y de la "intensa intervención pública" en la norma

El CGPJ tumba el informe que avalaba la Ley de Vivienda del Gobierno.

Agencia ATLAS | Foto: EP

Cristina Gallardo

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El informe que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tenía previsto aprobar este viernes sobre el anteproyecto de ley por el derecho a la vivienda, y que validaba en términos generales los planes del Gobierno para intervenir el mercado del alquiler, no ha obtenido finalmente el plácet de este órgano.

Tras un intenso debate sobre su contenido, El pleno del CGPJ ha acordado por 15 votos a 6, rechazar la del vocal y exdiputado del PSOE Álvaro Cuesta y designar nuevos ponentes, que serán los vocales José Antonio Ballestero y Enrique Lucas. El nuevo texto se debatirá en el pleno del próximo día 27 de enero.

Según fuentes consultadas por 'El Periódico de España', la mayoría de los vocales no comparte la conclusión del informe sobre el título competencial y ello impregna múltiples cuestiones que exigen reelaboración. El dictamen, en todo caso, no es vinculante para el Gobierno, pero el rechazo de la propuesta inicial, que evidenciaba una total sintonía con el anteproyecto, supone un duró revés para el Gobierno de coalición.

Entre los que han apoyado el cambio de propuesta se encuentra el propio presidente del CGPJ y del Supremo, Carlos Lesmes. Únicamente han opuesto a estas alegaciones el autor del informe y los vocales del sector progresista Mar Cabrejas, Clara Martínez de Careaga, Rafael Mozo, Concepción Sáez y Pilar Sepúlveda.

"Intensa intervención pública"

En el texto que ha presentado al Pleno, al que ha tenido acceso este diario, Lucas discrepa del criterio expresado en el borrador de Cuesta al entender que "evidencia una atracción artificiosa a la esfera estatal de la ordenación completa y agotadora de una materia", la vivienda, que el artículo 148.1.3 de la Constitución dejó a disposición de las comunidades.

Se impone, según este vocal, "un modelo de intensa intervención pública en la vivienda que hace irreconocible la configuración del derecho de propiedad que contiene la vigente legislación civil", añade que su "dificultosa articulación con las vigentes leyes autonómicas de vivienda será problemática en detrimento de la seguridad jurídica en tan sensible materia".

Antes de celebrarse el debate ya trascendieron las pegas al texto, que validaba en términos generales los planes del Gobierno, entre ellos la intervención del mercado del alquiler. Llegaron desde todos los ámbitos de este órgano, no solo del sector conservador. Se hablaba de su falta de calidad técnica y de su marcado sesgo ideológico, que pasa por alto factores de competencias de las comunidades autónomas en materia de vivienda que se olvidan en la ley y de ausencia de críticas al excesivo intervencionismo del proyecto del Ejecutivo de Pedro Sánchez.

Centralismo en la ley

Según el texto que han refrendado la mayoría de los vocales, tanto el proyecto como el informe que se había propuesto par su aprobación este viernes vienen a lanzar un mensaje "que no es admisible en términos constitucionales".

Lucas critica que de la propuesta y de la ley se derive la idea de que el artículo 47 de la Constitución -que dice que todos los españoles tienen derecho a una vivienda digna- "tiene al Estado como destinatario, si no único sí principal, y que, por tal motivo, la garantía y efectividad de ese derecho solo puede proporcionarla una regulación estatal que ha de ser lo más exhaustiva y dirigista posible porque algo tan importante como la vivienda no puede dejarse en manos de las comunidades autónomas ni ser objeto de tratamientos diferenciados en función de la orientación política mayoritaria de cada una de ellas". La enmienda califica este enfoque de "inaceptable".

Así, el nuevo informe tendrá como punto de partida el artículo 148.1.3º de la Constitución, que es el que se refiere a las comunidades autónomas, y que según la propuesta que ha salido adelante en el Pleno “ no solo opera como fundamento de las competencias autonómicas, sino que, también, es un límite de las estatales.

Argumentos poco justificados

Frente a estos planteamientos, el texto que se debatía este viernes en el CGPJ apoyaba la propuestas contenidas en el anteproyecto y simplemente advertía de que en la norma se echa en falta una justificación suficiente de la necesidad de las medidas de contención de precios.

Según el texto de la propuesta original, el diseño legal contenido en el anteproyecto para intervenir en el mercado de alquiler de viviendas es compatible con el derecho a la propiedad del artículo 33 de la Constitución. Añadía Cuesta en su informe que la regulación adoptada no hace irreconocible dicho derecho ni niega la utilidad económica de la propiedad, por lo que se mueve dentro de los parámetros de control establecidos por el Tribunal Constitucional y por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

No obstante, el borrador del informe echaba en falta una justificación suficiente de la necesidad de las medidas de contención de precios de alquiler de viviendas, basada en un análisis empírico del resultado de dichas medidas. Se sugería por ello, la conveniencia de establecer un periodo temporal de aplicación de las medidas restrictivas, de forma que se pueda evaluar su resultado e incidencia tanto en el mercado de alquiler residencial como desde el punto de vista social y económico.