Opinión |
Leyes
Jordi Nieva-Fenoll

Jordi Nieva-Fenoll

Catedrático de Derecho Procesal de la Universitat de Barcelona.

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Amnistía: ¿y ahora qué?

Lo que no es admisible es que los tribunales se pongan a hacer de abogados, ignorando al legislador

Togas y puñetas de varios jueces del Tribunal Supremo.

Togas y puñetas de varios jueces del Tribunal Supremo. / AGUSTÍN CATALÁN

Ya está en vigor la Ley de amnistía, y a partir de ahora vamos a ver si los tribunales, les guste más o menos, la aplican sin matices ni resistencias, como corresponde desde la división de poderes, o bien comienzan ese ejercicio por el que los juristas somos famosos, y no precisamente en el buen sentido: buscar ambigüedades y matices en el texto que permitan aplicar la ley de la manera que le interesa, por cualquier razón, al intérprete, y no necesariamente el legislador. Dicho en román paladino: tratar de sacarle tres pies al gato al texto de la ley.

Ese ejercicio de manipulación y tergiversación de la voluntad del legislador, al que a veces piadosamente se denomina “argumentación”, muchísimas veces es pura retórica que solo tiene por fin acomodar las palabras de la ley a los intereses particulares de cada cual. Se trata de una actividad muy frecuente entre los abogados, que la utilizan como una de las principales herramientas en defensa de su cliente, tratando de buscar un resquicio aquí o allá que pueda persuadir al juez para darle la razón a su defendido. Pero no piensen que la estrategia suele tener éxito. Al contrario, los jueces suelen ser muy fieles a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y, en su caso, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, quienes a su vez, analizan con frecuencia las exposiciones de motivos o preámbulos de las leyes, así como los debates parlamentarios que llevaron a su aprobación, en busca de lo que no por casualidad se llama “interpretación auténtica”, es decir, la que haría el propio legislador con su propia norma, y es la única legítima. Y suelen hacerlo con éxito, dicho sea de paso.

Lo que no es admisible es que los tribunales se pongan a hacer de abogados, ignorando al legislador, estableciendo así de manera (mal-)intencionada la interpretación que más se acomode a su ideología o manera de ver la vida, que no tiene por qué ser la del legislador. Para ello, muchas veces recurren al texto ultraliteral de la ley, argumentando que aunque el legislador no quisiera decir lo que ha dicho, lo ha dicho y hay que cumplirlo... Eso es una simple y muy vulgar tergiversación. No se puede interpretar la ley de manera contraria a lo deseado por el legislador si el texto permite, sin forzar absolutamente ni una coma, esa interpretación. Pocas veces se ve a un juez llevar a cabo una interpretación 'contra legem', pero ha ocurrido. Hasta el Tribunal Constitucional ha incurrido en ello alguna vez, para desesperación de los redactores de la ley y horror de cualquier jurista sensato.

Lo que dispone la ley puede convencer más o levantar ampollas, pero en una democracia las leyes hay que cumplirlas, como enseñó Sócrates hace unos 2.500 años con su propia muerte. No hacerlo supone entrar en un estado de imprevisibilidad en el que los jueces asumen el papel del legislador, lo que supone, creo que nadie se atrevería a dudarlo, romper la división de poderes. Y eso es posible que haga gracia o complazca al menos a quienes están en contra de la ley de amnistía. Pero no olviden que con ello se sienta un precedente peligrosísimo que un día pueden acabar lamentando todos los que jalean esas rebeldías judiciales que, con razón, tanto asustaron a Montesquieu y Rousseau, entre otros muchos. Recuerden aquel texto de Martin Niemöller en el que denuncia el silencio de todos cuando persiguen injustamente a otros, y uno se siente al margen por no ser como ellos. Hasta que la persecución les alcanza a ellos mismos. Hay hasta ejemplos recientes de ello, por cierto.

En términos prácticos, habrá quien querrá marear más o menos la perdiz, pero lo cierto es que el legislador ha querido amnistiar a todos los que participaron en el proceso independentista, incluyendo a los políticos que están en el extranjero. Por último, no olviden que lo que empezó siendo “rebelión” se transformó incomprensiblemente en “sedición”, amenaza con mutar a “terrorismo” y puede que solo sea, en realidad, un simple delito de desobediencia. Algún día nadie se atreverá a dudarlo ya. Y si así fuera, tal vez no sea realmente sensato tomar esta ley como una afrenta a tantas cosas -algunas inconfesables-, si en realidad se está pasando página a un delito menor que no posee ni penas de cárcel.

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