Profesora de Ciencia Política en la UCM e investigadora sénior en el Instituto Complutense de Estudios Internacionales (ICEI)
Ruth Ferrero-Turrión
Profesora de Ciencia Política en la UCM e investigadora sénior en el Instituto Complutense de Estudios Internacionales (ICEI)
Falsas disyuntivas: seguridad, libertad, privacidad
La introducción de las nuevas tecnologías de control puede ser aprovechada por actores estatales y no estatales en su propio beneficio y en ausencia total de transparencia
Las tensiones entre seguridad, libertad y privacidad no son algo que deba sorprendernos. Más bien es algo con lo que las sociedades democráticas conviven desde que lo son. El cumplimiento del marco del Estado de derecho, derechos fundamentales incluidos, es uno de los principales pilares que esgrimen las democracias liberales para continuar siéndolo.
En este marco, el Parlamento Europeo está debatiendo una propuesta de reglamento, propuesto por la Comisión Europea en mayo de 2022, a través del cual se pretende tener acceso a toda la información compartida en empresas de mensajería como Whastapp o Snapchat, para encontrar contenido de 'grooming' o abuso infantil. Según esta regulación propuesta de controles de chat, cualquier proveedor de servicios encriptados se vería obligado a inspeccionar miles de mensajes. Los proveedores tendrían que alertar a la policía si encontraran pruebas de que se está compartiendo contenido sospechoso.
Sin embargo, a la luz de la filtración de un informe del servicio legal del Consejo de la UE, en abril de 2023, esta propuesta podría vulnerar la legalidad vigente en materia de privacidad y protección de datos. La propuesta presentada en mayo de 2022 por parte de la Comisión implicaría la revisión indiscriminada de todas las personas que utilizaran el servicio, sin que estén en una “situación susceptible de dar lugar a un proceso penal”. En estas condiciones, cualquiera puede ser investigado de crímenes muy graves sin pruebas. Sentencias previas del TJUE apuntan a que la revisión de los metadatos de las comunicaciones es “proporcionada solo con el fin de salvaguardar la seguridad nacional”, algo que en ningún caso estaría incluido en la propuesta de la Comisión y cuyo principal impulsor está resultando ser el ministro del Interior español, Grande-Marlaska. Y todo ello, aunque este reglamento sobrepasa “los límites de lo adecuado y necesario para cumplir los objetivos legítimos perseguidos y de incumplir el principio de proporcionalidad”.
En la parte tecnológica, los instrumentos a desplegar estarían sostenidos por una inteligencia artificial que no tiene las suficientes capacidades de discernimiento y podría dar lugar a cantidades ingentes de falsos positivos, además de llevar a la desaparición de las comunicaciones cifradas y, haciendo las comunicaciones menos seguras.
Parece que la aprobación de esta normativa, en su forma actual, no solo no va a poder alcanzar sus objetivos, sino que además puede empeorar la situación en relación con el derecho a la vida privada en el espacio digital. La introducción de las nuevas tecnologías de control puede ser aprovechada por actores estatales y no estatales en su propio beneficio y en ausencia total de transparencia. Quizás sería más sencillo facilitar los procesos de denuncia como una fórmula más eficaz para detectar el delito, más que proceder por la vía del medio aprobando una norma que, a todas luces, vulnera derechos fundamentales. Sin embargo, claro, queda más contundente apelar a la falsa disyuntiva de seguridad versus privacidad con el objetivo de recortar derechos. O lo que viene siendo la vida en una sociedad de vigilancia, con la excusa de la preservación de nuestra seguridad.
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